El juez descarta medidas contra Zapatero: no ve riesgo de fuga, pero sigue creyendo que hay indicios en su contra

El juez de la Audiencia Nacional José Luis Calama ha rechazado imponer medidas cautelares al expresidente del Gobierno José Luis Rodríguez Zapatero tras su declaración como investigado por el ‘caso Plus Ultra’.

Así lo ha hecho en un auto, en el que descarta acordar las medidas solicitadas por la Fiscalía Anticorrupción y el PP, que habían pedido la retirada de su pasaporte, la prohibición de salida de España y comparecencia quincenal ante el juzgado.

La acusación popular unificada, que lidera el PP, se ha adherido a esa petición, si bien acusaciones como Vox, Hazte Oír, Liberum e Iustitia Europa han solicitado, de forma subsidiaria, prisión provisional para el exlíder socialista, mientras que la defensa de Zapatero se ha opuesto a cualquiera de esas medidas.

Con todo, Calama requiere a Zapatero que le facilite un número de teléfono móvil y un correo electrónico que «permitan su inmediata localización» por parte del juzgado.

El juez indica en su auto que adoptar una medida cautelar «exige siempre un juicio especialmente riguroso porque supone una restricción anticipada de derechos fundamentales que solo puede justificarse si concurren indicios de criminalidad y un riesgo procesal acreditado».

A su juicio, Zapatero «no ha logrado desvirtuar los indicios racionales de criminalidad expuestos en el auto de imputación, y que derivan de diversas y distintas fuentes de prueba».

Destaca entre ellas el contenido de los dispositivos intervenidos en las distintas entradas y registros, la trazabilidad de diversas transferencias entre sus cuentas bancarias en relación con fondos procedentes de la ayuda pública concedida por el Gobierno a Plus Ultra y el uso de «múltiples sociedades mercantiles indiciariamente instrumentales para canalizar esos pagos».

Unos indicios a los que Calama suma el análisis preliminar del contenido del dispositivo del empresario venezolano investigado Rodolfo Reyes y puesto a disposición de la justicia española por las autoridades judiciales de Estados Unidos, así como el hallazgo por la Policía en el despacho del expresidente de joyas que han sido tasadas inicialmente en 1,3 millones de euros y de las que recuerda que no ha acreditado su origen ni su liquidación tributaria y aduanera.

El juez señala que la investigación tiene un «evidente carácter embrionario» y todo lo reseñado en el auto «puede evolucionar en el sentido de consolidar tales indicios, de por sí suficientes en este momento procesal para continuar», o «disiparlos a través de diligencias que contrarresten de manera eficiente aquella suficiencia».

«VISIBILIDAD PÚBLICA» Y «MANIFIESTO ARRAIGO» EN ESPAÑA

No obstante, el magistrado pone de manifiesto que Zapatero es una persona pública, lo que «dificulta de manera evidente que pueda situarse en una posición de localización o sustraerse discretamente al procedimiento».

En opinión del juez, Zapatero cuenta con una «visibilidad pública» y un «manifiesto arraigo en el territorio», dos circunstancias que, unidas a la «ausencia de cualquier indicio de intención evasiva», descartan «razonablemente la existencia de un riesgo de fuga real y actual».

Además, Calama estima que «tampoco se aprecia riesgo de ocultación o destrucción de fuentes de prueba, pues los elementos relevantes ya han sido intervenidos y la investigación no depende de actuaciones que el investigado pudiera obstaculizar».

Desde su óptica, el riesgo de fuga, ocultación o destrucción de fuentes de prueba, así como de reiteración delictiva, «debe valorarse a partir de datos objetivos vinculados a la situación personal del investigado, su comportamiento procesal, su arraigo, su capacidad real para sustraerse al procedimiento o para interferir en la investigación».

Así, el juez resuelve que «el riesgo debe ser actual, específico y acreditado, no una inferencia genérica basada en la gravedad del delito o en la alarma social».

El magistrado señala que la imposición de comparecencias quincenales en el juzgado o la retención del pasaporte con prohibición de salida de territorio «no resulta necesaria, al no existir un riesgo procesal que requiera ser conjurado mediante tales medidas».

Y es que, según Calama, «su adopción supondría una restricción injustificada del derecho a la libertad personal y a la libre circulación, incompatible con el principio de proporcionalidad y con la prohibición de configurar las medidas cautelares como una pena anticipada».

En su declaración, que ha durado tres horas, el expresidente ha negado haber ejercido influencia para que el Gobierno de Pedro Sánchez concediera el rescate de 53 millones de euros a la aerolínea Plus Ultra en pandemia y ha declinado responder acerca de las joyas que le fueron intervenidas en el registro de su despacho.

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El juez descarta medidas contra Zapatero: no ve riesgo de fuga, pero sigue creyendo que hay indicios en su contra

Europa Press

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