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Cano Bueso: “La neutralidad política es un valor esencial en el campo de las Fuerzas Armadas”

Juan Cano Bueso, presidente del Consejo Consultivo de Andalucía, desarrolló ayer en los Cursos de Verano el "Estatuto constitucional de los miembros de las Fuerzas Armadas, derechos fundamentales y libertades públicas". El catedrático de Derecho Constitucional, coordina las enseñanzas que se están impartiendo en el curso “Fuerzas Armadas, Constitución y conflictos armados”, junto a Blas Imbroda, decano del Colegio de Abogados y el general Martínez Trascasas, segundo jefe de la Comandancia General de Melilla. Juan Cano, trató de exponer de forma breve el estatuto jurídico constitucional en materia de derechos fundamentales y libertades públicas de los miembros de las Fuerzas Armadas, FFAA.

Derechos fundamentales
No habló de los Ejércitos como institución, sino de sus miembros o componentes y de cómo la Constitución en algunas ocasiones y las leyes en otras, limitan, restringen y modulan el ejercicio de estos derechos fundamentales que son iguales para todos los españoles, salvo para los funcionarios públicos y más específicamente para la condición de militar donde estos derechos quedan restringidos en ocasiones.

Libertades
Hizo alusión a algunos derechos civiles y algunos políticos, así como a las limitaciones en materia de libertad de expresión que vienen condicionadas por el respeto a la autoridad y a la cadena de mandos, por la utilización de los conductos reglamentarios para efectuar peticiones y la obligación que tienen los militares cuando se dirigen a sus superiores de desenvolver su actividad en términos de debido respeto porque, en definitiva, la neutralidad política es un valor esencial en el campo de las FFAA.

Juan Cano habló también de libertad y de cómo, pueden condicionar determinadas misiones o funciones de los militares cuando se ven avocados a realizar servicios de claro matiz religioso, al que ellos pueden oponer su libertad religiosa para eximirse de ese servicio ante sus superiores.

Asimismo citó la intimidad personal y de los problemas que se derivan en los registros, en taquilla o enseres, en los establecimientos militares y de los derechos más propiamente políticos, como los de reunión o manifestación prohibidos para los militares o los de asociación, limitados también ya que sólo pueden asociarse para fines de estudio de la seguridad nacional o de la historia de los ejércitos, pero tienen completamente prohibida la sindicación y el ejercicio o las opiniones sobre las cuestiones políticas y sindicales.

Angel Melendez

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Angel Melendez

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