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El magistrado del Tribunal Constitucional (TC), Juan Antonio Xiol, fue el protagonista de la última ponencia que cerraron las Jornadas de Derecho 'Enrique Ruiz Vadillo' con un tema de bastante actualidad, en especial, con la aparición en escena de las redes sociales, la libertad de expresión. El magistrado trató de abordar este derecho como instrumento para la protección del pluralismo democrático y de las minorías. Así, también aclaró los derechos con los que "choca" la libertad de expresión como el de derecho a la información o el derecho a la intimidad y el honor. El magistrado del Tribunal Supremo (TS), Juan Antonio Xiol, explicó durante su charla sobre 'Cuestiones en torno a la libertad de expresión' la importancia de este derecho desde el punto de vista jurídico, en tanto que más que una "trascendencia puramente formal", puede ser un instrumento para "la protección del pluralismo democrático y las minorías".
En este sentido, el magistrado reconoció a preguntas de los periodistas que la libertad de expresión "entendida en un sentido amplio" choca con el derecho a la información (con el que está interrelacionado), a la privacidad, al honor e incluso a la imagen. Así, apuntó a que en ocasiones algunos de estos derechos entran en tensión con la libertad de expresión, por lo que con "las técnicas tradicionales son difíciles de resolver", y da lugar a tener que "sacrificar uno u otro derecho".
Por otro lado, en cuanto a su relación con la libertad de información el magistrado defiende que ambas "tienen un carácter prevalente", ya que considera que "son fundamentales para el desarrollo de la opinión pública y por lo tanto para la formación de la sociedad democrática y el mantenimiento del pluralismo". Aún así, Xiol plantea que se debe contemplar las circunstancias de cada caso, ya que habrá supuestos los cuales pesará más el derecho al honor o a la intimidad frente a la libertad de expresión y en estos casos "hay que tomar las consecuencias correspondientes". Según indicó en el derecho español estas consecuencias pueden ser penales, ya que hay figuras jurídicas que sancionan penalmente el abuso de la libertad de expresión, o bien, pueden ser civiles. En ese caso, existe la ley de protección del derecho al honor y a la intimidad e imagen, en los que si se provocan daños al honor o a la imagen la norma obliga a una indemnización a quienes han incurrido.
Otro de los aspectos que destacó el magistrado y que considera que no está muy subrayado en los tribunales, es el de la libertad de información y de expresión cuando "son desempeñadas por profesionales". Al respecto, Xiol recordó el primer texto donde asegura esta afirmación claramente que es en la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea en la que se hace referencia a la "especial significación" de la libertad de información y expresión cuando son ejercidas a través de los medios sociales de comunicación.
Los "retos" para el derecho a partir de las redes sociales
Para el magistrado las redes sociales implican un "reto extraordinario" para la justicia, y es que a juicio de Xiol han empujado a la regulación de ciertos aspectos que antes no se encontraban recogidos.
Por un lado, el magistrado valora las redes sociales como una "revolución tecnológica de enorme calado", para derechos como el de la intimidad que ha cambiado de concepción. Y es que antes se concebía como "que no conozcan mis datos personales o mis circunstancias íntimas". Sin embargo, con las redes sociales "es difícil evitarlo", asegura el magistrado, quien plantea que habría que "poner la barrera en otro sitio como que no se publique o que no se extiendan o utilicen".
Por otro lado, Xiol cree que las redes sociales poseen un "aspecto psicológico" en el sentido de que las personas son desconocedoras de la "enorme repercusión" que puede tener un determinado mensaje en una red social en cuanto a su extensión, y también en la circunstancia temporal y espacial.
En esta línea, el magistrado se refirió a mensajes en las redes sociales de un determinado tiempo, que se publican años después extraídos de las circunstancias. Por ello, Xiol afirmó que se está empezando a tratar con los tribunales lo que se llama el derecho al olvido. Esto es, que se descarten o no se publiquen determinados datos que tienen un contexto distinto al momento en el que se produjeron.
En definitiva, el magistrado cree que ambos aspectos que presentan las redes sociales "deben ser objetos de regulación", con el fin de "evitar en esas consecuencias", ya que a juicio del magistrado "es bueno que haya mucha libertad en las redes sociales para escuchar las opiniones", sin embargo considera que "no es bueno que estas opiniones cuando se emiten con una cierta conciencia de limitación temporal y espacial, tengan una trascendencia totalmente imprevista para la persona que lo hace", defendió Xiol.
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