Podrán solicitar estas subvenciones o ayudas económicas, las Asociaciones que carezcan de ánimo de lucro, con domicilio fiscal en Melilla, que hayan sido constituidas antes del 01 de enero de 2021 y que hayan mantenido su actividad como mínimo hasta el 31 de diciembre del mismo año.
Se exigirá que el objeto social sea el fomento de la cultura en cualquiera de sus manifestaciones o la práctica de actividades relacionadas con la música, teatro, danza, cinematografía, literatura, pintura, escultura, fotografía etc., así como impartir conferencias, charlas o cursos sobre cualquier aspecto relacionado con la cultura, como también el fomento, la conservación o enriquecimiento del patrimonio histórico, artístico, monumental, arquitectónico, arqueológico, paleontológico y etnológico.
No podrán solicitar las subvenciones aquellas Asociaciones y Entidades cuyos proyectos han sido subvencionados en cantidad que sobrepase el 50 % del total de las actividades programadas por cualquier otra Administración o Entidad particular, sean objeto de alguna otra convocatoria de subvenciones o le haya sido concedida una ayuda económica concreta por la misma.
Tampoco podrán ser beneficiarios de las subvenciones de la presente convocatoria, quien lo haya sido, durante el año 2022, mediante concesión directa, de cualquier subvención en materia de cultura o festejos, mediante convenio o cualquier otro instrumento, quedando expresamente excluidas las Asociaciones de Vecinos y las Federaciones de esta índole.
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