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Afirma el director territorial del Ingesa, Francisco Robles, que "no es amigo, y menos cuando pertenece a un ejecutivo en funciones, del intercambio mediático de acusaciones y respuestas, pero el respeto que tengo a la opinión pública y a los administrados me obligan a ello", y afirma salir al paso de las acusaciones del PSOE con relación al contrato del Transporte Sanitario Terrestre que siempre ha ido "con la vedad por delante". Afirma que la Justicia libera a la Administración de toda responsabilidad. En el escrito, Robles manifiesta que "de un tiempo a esta parte está siendo frecuente el uso de la media verdad, cuando no de la burda mentira, por parte de algunos dirigentes del partido socialista local, más concretamente de los señores Berbel y Vizcaíno". "El primero se ha empecinado -forzando la letra escrita hasta su deseo iluso- en el tema del transporte sanitario terrestre, las ambulancias; concretamente en el carácter firme de la sentencia que la Sección 4ª de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, y que por lo tanto obligaría, si así fuera, a cumplir dicha sentencia", señala.
"A cumplirla, no a lo que de forma sorprendente vienen ustedes solicitando (y que, por cierto, no llego a comprender ese interés en el cambio de empresa), que es -sin trámite legal alguno- la adjudicación del servicio a otra empresa, y al abono del lucro cesante", manifiesta Robles.
"Lean bien por favor y no confundan a la opinión pública, el fallo del recurso fija claramente que hay que anular la resolución de INGESA que adjudica el servicio a la actual empresa y "a que se retrotraigan las actuaciones al momento en que se cometió la adjudicación del contrato", excluyendo del proceso a la actual empresa. O sea, no falla la adjudicación a una determinada empresa", prosigue la nota.
Y, en su fundamento de derecho séptimo, "consta que no cabe indemnización al ser el supuesto daño reparable, de carácter hipotético y futuro", al tiempo que añade que "cuando esa adjudicación sea cierta, será otra cuestión a dilucidar. Por ello, "lo de la exigencia de responsabilidad patrimonial por negligencia a mi persona, no deja de nuevo de ser un brindis al sol y una confusión onírica de deseo y realidad". Además, si tienen duda, en el párrafo primero del fundamento de derecho sexto de la sentencia, consta expresamente que: "si bien liberan a la Administración contratante de toda responsabilidad..". "Espero que lo comprendan señores del PSOE, si no, se lo explico", apostilla.
En conclusión, "hoy por hoy, y debido al recurso de reposición interpuesto por Ambulancias M. Pasquau S.L, el INGESA se vio obligado a suspender el procedimiento de adjudicación hasta que no tenga constancia cierta de la firmeza de dicha sentencia" señala.
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