Categorías: Justicia

Rebajan a siete meses la pena a dos hombres por ayudar a un migrante a viajar desde Melilla hasta Málaga

Los acusados trabajaban para una empresa y se habían puesto “previamente de acuerdo” con un ciudadano marroquí, “que había entrado de manera irregular en Melilla y quien carecía de autorización para acceder a la península”

 

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Ceuta y Melilla (TSJA) ha rebajado de cinco años a siete meses de prisión la pena impuesta a dos hombres por ayudar y procurar el viaje a un migrante desde Melilla hasta el puerto de Málaga metido en un semiremolque frigorífico.

Según declaró probado la sentencia dictada por la Sala de la Audiencia de Málaga con sede en Melilla y recoge la resolución del TSJA de la que se ha hecho eco Europa Press, los acusados trabajaban para una empresa y se habían puesto “previamente de acuerdo” con el ciudadano marroquí, “que había entrado de manera irregular a Melilla, y que carecía de autorización para acceder a la península”.

De este modo, y “aprovechando la facilidad que aquellos les brindaba su relación con la empresa”, que gestionaba transporte, en enero de 2021, “dispusieron lo necesario para que el nombrado ciudadano viajara a Málaga sin ser detectado en el camino”, para lo cual “facilitaron la ocultación de este en el interior del semiremolque frigorífico”.

Delito contra los derechos de los ciudadanos extranjeros

Por estos hechos se condenó a ambos acusados como autores penalmente responsables de un delito contra los derechos de los ciudadanos extranjeros y se le impuso a cada uno una pena de cinco años de prisión, que ahora se ha rebajado a siete meses de cárcel, tras estimarse los recursos de las defensas, una de ellas dirigida por el abogado penalista José Miguel Ramos.

Semiremolque con cierre hermético

Así, mientras que la Sala de Melilla consideró que los acusados actuaron sabiendo que el semiremolque en el que viajaría el hombre “se cierra herméticamente desde fuera, sin posibilidad de que este pudiese abrirlo sin ayuda exterior, no siendo seguro que aquel pudiese disponer de oxígeno durante todo el trayecto”, el TSJA modifica esta parte de los hechos probados tras aceptar los recursos.

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Europa Press

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