Categorías: Opinión

Por la gravedad del delito

En el auto del Tribunal Supremo que, a instancias de la Fiscalía, ha venido en revocar las salidas semanales de la reclusa Carmen Forcadell, ex presidenta del Parlamento de Cataluña, se alude a "las gravedad del delito cometido" como criterio determinante a la hora de conceder beneficios penitenciarios. Con más motivo si ni siquiera se ha cumplido la cuarta parte de la pena.
A efectos prácticos el auto no va a generar cambios en la situación penitenciaria de Forcadell ni de los otros ocho implicados en las tramas políticas y civiles de la intentona golpista de 2017 (fallido intento de reventar el orden constitucional del Reino de España), pues todos gozan ya de la semilibertad del tercer grado, por decisión de las autoridades penitenciarias de la Comunidad Autónoma de Cataluña.

Es decir, que se anula un beneficio (salir tres veces por semana para ejercer el voluntariado asistiendo a su propia madre) que en realidad ya no se aplicaba, al quedar ahora subsumido en la nueva situación del tercer grado. Pero conviene saber que esta nueva situación va a ser recurrida con toda seguridad por la Fiscalía, que la última instancia del recurso ya no es la Audiencia Provincial sino el TS como tribunal sentenciador, y que el ponente del auto que nos ocupa ha sido el juez Marchena, el magistrado que presidió el juicio contra los implicados en la intentona secesionista.

Todos eso nos permite anticipar que "la gravedad del delito cometido" será tenida en cuenta por encima de criterios centrados solo la reinserción. Importa la función recuperadora para la sociedad de los penados. Pero no se puede aplicar en exclusiva si, al menos, no existen pruebas de arrepentimiento por la conducta que ha sido judicialmente reprobada.

Dicho sea lo anterior porque se despacha todo lo contrario en las declaraciones publicas de los nueve condenados por sedición y malversación a penas de entre trece y nueve años de prisión. Quiero decir que son perseverantes en la conducta delictiva que les llevó a la cárcel ("Lo volveremos a hacer" es el mantra desafiante de sus intenciones) y eso no puede ser ignorado de ninguna manera por el tribunal sentenciador.

Como era previsible, la reacción de los partidos soberanistas que inspiraron el "proces" habla de "venganza". Pero quienes creemos en el Estado de Derecho hemos de quedarnos en lo que resulta de aplicar la ley, a partir de la fundamentación jurídica de los hechos probados que "fueron demoledores para la convivencia democrática", como reza el auto del Supremo en el caso de Carmen Forcadell pero de general aplicación a líos hechos del 1 de octubre de 2017.

Acceda a la versión completa del contenido

Por la gravedad del delito

Entradas recientes

Debut victorioso en casa del Melilla Torreblanca (6-3)

El Melilla Torreblanca C.F. logró una destacada victoria de 6-3 ante el Atlético Torcal en…

43 minutos hace

Sergio Amat: “La pretemporada va bien, con mucha carga y con la evolución favorable de los jugadores”

El Club Melilla Balonmano Virgen de la Victoria continúa con su preparación para una temporada…

47 minutos hace

Imbroda ve positivo el anuncio de Sánchez sobre el rey porque “tiene que venir a Melilla”

El presidente de Melilla, Juan José Imbroda, ha valorado positivamente el anuncio del presidente del…

7 horas hace

Guardia Civil y Policía Nacional refuerzan la Operación Feriante para evitar salidas clandestinas de Melilla a la península

La Guardia Civil y la Policía Nacional pondrán en marcha desde la madrugada de este…

7 horas hace

Imbroda augura que el PSOE pasará a la “clandestinidad” en Ceuta y Melilla

El presidente de Melilla, Juan José Imbroda, ha asegurado que el PSOE pasará a la…

8 horas hace

El juez desestima la petición de Zapatero de anular el ‘caso Plus Ultra’ al no ver vulnerados sus derechos

El juez José Luis Calama desestimó el incidente de nulidad presentado por José Luis Rodríguez…

8 horas hace