Ante las opiniones aparecidas en algunos medios informativos y en las RRSS, sobre la posible participación del Instituto Nacional de Gestión Sanitaria (INGESA) en un supuesto boicot al doctor Enrique Remartínez, esta Dirección Territorial, a instancias de diferentes medios informativos locales y sin más ánimo que contribuir a que la opinión pública conozca los hechos acaecidos, manifiesta lo siguiente:
1.-El facultativo especialista de área fue Enrique Remartínez Escobar, fue jefe de sección de Radiología del Hospital Comarcal de Melilla, hasta que solicitó-y así le fue concedida por la Gerencia del Área-, la excedencia voluntaria por interés particular o personal.
2.-INGESA en Melilla tenía y tiene una alta valoración de la capacidad profesional como radiólogo del citado facultativo, una muestra de ello es que, a pesar de sus responsabilidades como jefe de sección, se le autorizó en varias ocasiones la media jornada -por ser de su interés-, para que pudiera permanecer en la plantilla del hospital y con ello en la sanidad pública. Y, por supuesto, además de ser su derecho, tiene las puertas abiertas de INGESA para su reincorporación cuando así lo decida y ello sea posible.
3.-Otra cuestión es el servicio de Diagnóstico Médico por Imagen, que INGESA tiene externalizado desde hace muchos años, y que hasta 2015 fue cubierto por la empresa melillense TAC y Resonancia Magnética de Melilla S.L.; el citado servicio comprende pruebas que, o bien no se pueden realizar por INGESA al carecer de los equipos necesarios (por ejemplo la R.M.N. o la ortopantomografía), o bien corresponde a programas de mucha carga de trabajo, que no podía asumir INGESA con sus recursos (por ejemplo, las mamografías de la campaña de detección de cáncer de mama). Este servicio, con el tiempo se ha mostrado ligado a la actividad privada del doctor Enrique Remartínez y ha motivado que, tras incoarse el correspondiente expediente por el Ministerio de Sanidad a causa de la denuncia de un tercero, se le haya impuesto recientemente una sanción de suspensión de funciones durante cinco años.
4.-Actualmente, INGESA tiene concertado el citado servicio con la empresa melillense RUSADIR Media S.L., que resultó adjudicataria tras el procedimiento pertinente.
5.-Dentro de ese procedimiento, el 29 de septiembre de 2015 la Mesa de Contratación adjudicó el servicio a la empresa TAC-Resonancia Magnética Melilla; pero, contra este acto, INGESA recibió inicialmente un recurso de RUSADIR Media S.L., alegando subcontratación e incumplimientos técnicos, que fue desestimado por el Tribunal Central Administrativo de Recursos Contractuales con fecha 4 de diciembre de 2015.
6.-A continuación, la citada empresa denunció ante INGESA un supuesto incumplimiento de diversas condiciones obligatorias -de forma inexcusable en tiempo y forma- para la empresa adjudicataria. Tras proceder a la suspensión del acto de la firma del contrato e indagarse los hechos, la Ciudad Autónoma después de un largo y prolijo trámite administrativo, confirmó los términos de la denuncia de RUSADIR Media S.L., por lo que INGESA inició un expediente de nulidad de la adjudicación, remitiéndose el mismo al Consejo de Estado, por ser preceptivo y vinculante su dictamen. Mediante el Dictamen 538/2016 del Consejo de Estado declaró la nulidad de pleno derecho del acto de adjudicación de la Mesa de Contratación. Por tanto, tras levantar la suspensión se procedió a una nueva adjudicación, que concluyó con la firma del contrato con Rusadir Media S.L..
7.-Por lo tanto, INGESA ni ha rescindido el contrato del doctor Enrique Remartínez, sino que fue él quién solicitó su excedencia voluntaria por interés personal, ni con la empresa TAC y Resonancia Magnética Melilla, ya que en el normal proceso -una vez agotada la vigencia del anterior- de adjudicación del nuevo contrato, la Mesa de Contratación, tras la intervención preceptiva del Consejo de estado, se lo adjudicó a la otra empresa melillense que participó en el concurso, Rusadir Media S.L..
8.-En definitiva, y al menos en lo tocante a INGESA, sólo cabe hablar de la aplicación de la normativa vigente, no de boicot a profesionales o a empresas melillenses.
9.- Finalmente, esta Dirección Territorial desea informar a los asegurados de INGESA, que se está realizando la fiscalización preceptiva del servicio prestado por RUSADIR Media S.L. a través de los medios establecidos para ello. No obstante, como siempre está abierta la vía de la colaboración de los usuarios para mejorar las condiciones del mismo.
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