La Ciudad Autónoma de Melilla contratará a 17 enfermeras que comenzarán a trabajar en los centros públicos y concertados de Melilla desde el inicio del próximo curso escolar 2025/2026. Así lo recoge el Boletín Oficial de Melilla (BOME) publicado el pasado viernes, que oficializa la contratación de dichos profesionales sanitarios tras la firma del convenio con el Ministerio de Educación y Formación Profesional (MEyFP).
El objeto del convenio suscrito entre ambas administraciones es el de dotar a los centros educativos de segundo ciclo de Educación Infantil y la etapa de Educación Primaria en la Ciudad de Melilla de un total de 17 enfermeras que desarrollarán sus respectivas funciones en los distintos centros educativos hasta la finalización del curso 2025/2026 y con una jornada laboral de 25 horas semanales.
El coste de la medida los sufragará íntegramente la Ciudad Autónoma con un presupuesto cifrado en 724.339,15 euros y, en el caso de que la Ciudad dispusiera del crédito suficiente, el apoyo a estas 17 enfermeras se podría incrementar.
Por su parte, la Consejería de Políticas Sociales y Salud Publica, a través de la Dirección General de Salud Pública, dotará a los servicios de enfermería escolar de cada centro educativo del material sanitario “mínimo necesario” para el desarrollo de sus funciones.
Asimismo, el Ministerio de Educación dotará a cada centro educativo del mobiliario de oficina y equipo informático adecuado para que el personal de enfermería escolar pueda desarrollar sus actividades sanitarias conforme a lo recogido en el Reglamento Regulador de los Centros, Servicios y Establecimientos Sanitarios de la Ciudad de Melilla de 17 de enero de 2007.
Además, la Dirección Provincial de Educación establecerá la coordinación de este personal de enfermería mediante una persona designada por parte dicho organismo, y que marcará las pautas y protocolos a seguir para “el correcto funcionamiento” de este personal y sus relaciones con la comunidad educativa. Asimismo, el Ministerio se compromete a realizar las “gestiones necesarias” con el INGESA para que éste último organismo designe “un interlocutor sanitario válido” entre los centros de salud de referencia para los centros escolares y los profesionales de enfermería contratados, así como que los enfermeros del INGESA colaboren en la formación y asesoramiento a dichas enfermeras.
En cuanto a la Consejería de Educación éste área contribuirá a la acomodación e instalación de espacios adecuados, ya se trate de cabinas asistenciales o pequeñas obras en aulas existentes, así como de la dotación del mobiliario de enfermería necesario para esta labor.
En cuanto a las funciones que desempeñarán dichas enfermeras, destaca, entre otras, la asistencia a alumnado con necesidades especiales y/o el que presente heridas, traumatismos, accidentes u otras intervenciones de urgencia, la administración de medicamentos prescritos, vacunas, control de la medicación del estudiantado, control y mantenimiento de los botiquines de los centros; toma de constantes vitales, medidas antropométricas, cuidados respiratorios, cuidados neurológicos y cuidados de la piel, entre otros, o actividades de prevención y promoción de la salud entre el alumnado, tales como hábitos de vida saludables, pautas correctas de alimentación e higiene, salud bucodental y afectivo-sexual o prevención de trastornos de la conducta alimentaria, adicciones y otros problemas de salud mental.
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