El Consejo de Ministros ha aprobado este martes, a propuesta del Ministerio de Educación y Formación Profesional, el Real Decreto que modifica el sistema de acceso a la función pública docente para los años 2022, 2023 y 2024, con el objetivo de reducir la temporalidad en el sector público educativo y aplicar así la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, la denominada ‘Ley de interinos’.
Finalmente, según el texto aprobado, este nuevo sistema de acceso sólo será de aplicación para los interinos de larga y media duración.
Tal y como ha afirmado la portavoz del Gobierno, Isabel Rodríguez, hay más de 550.000 docentes en el sistema público español, tanto maestros como profesores, de los cuales un 23% está en situación de interinidad. «Lo que se trata es acabar con estas circunstancias para cumplir en 3 años el objetivo del 8% de temporalidad en este ámbito», ha señalado.
De este modo, el Real Decreto establece dos procesos distintos para los interinos (según el tiempo que lleven), y otro para los nuevos aspirantes e interinos nuevos.
Los interinos que lleven trabajando en el sistema público docente desde antes del 1 de enero de 2016 no tendrán que realizar la fase de oposición para conseguir una plaza. El procedimiento de acceso a la función pública de estos trabajadores temporales será por un concurso extraordinario de méritos.
Las plazas a convocar serán únicamente de estabilización y las comunidades autónomas podrán convocar este procedimiento una única vez desde que entre en vigor esta norma y hasta el 2024, periodo de vigencia de los cambios y fecha límite para reducir la temporalidad.
En segundo lugar, se instaura un sistema ordinario de ingreso por concurso-oposición, que se dirige a plazas ocupadas por personal temporal en los tres años anteriores al 31 de diciembre de 2020, a las que se añaden las plazas de los procesos de estabilización de las leyes de Presupuestos Generales del Estado para 2017 y 2018.
Este sistema de acceso es nuevo: la fase de oposición consistirá en el desarrollo de un tema y en la exposición de una unidad didáctica, eliminándose así la prueba práctica y la entrega de la programación didáctica, como se hace hasta ahora. Además, las fases de la oposición no serán eliminatorias, y el baremo de méritos cambia con respecto al sistema actual, valorándose más la experiencia laboral.
Para los interinos que se presenten a estas pruebas, la calificación final de ambas partes (desarrollo de un tema y exposición de una unidad) debe ser de al menos 5 sobre 10. La calificación final de la fase de oposición ponderará un 60% en la puntuación final del concurso-oposición.
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Por favor, un poquito de seriedad, antes de publicar una noticia deberían informarse mejor. Están confundiendo el tipo de plaza con el tipo de opositores. Habrá dos nuevos métodos para conseguir las plazas, uno sólo con concurso y otro a través de oposición concurso, pero con pruebas diferentes y con porcentajes diferentes para oposición y concurso.
Lo que tiene más de 7 años son las plazas de estabilización que se van a sacar, no es la antiguedad de los opositores. Cualquier persona se puede presentar a esas plazas que no requieren examen, otra cosa es que sino tiene antiguedad y méritos se quedará en la calle seguro (y también cuentan oposiciones aprobadas antes de 2012).
Pero no tiene nada que ver que el interino esté trabajando antes de 2016, eso se refiere a las plazas no a los opositores.
quien ha publicado esto? Vaya periodista