Respecto a las residencias de mayores y de personas con discapacidad, Salud Pública ha ordenado la suspensión temporal de las salidas de los residentes, aunque podrán mantener las visitas como hasta ahora, que deberán regirse por una serie de normas debido a la pandemia. Así, solo les podrá visitar un solo miembro familiar o allegado por persona residente y la duración de las visitas no podrá superar los 30 minutos. Además, deberán hacerse en lugar habilitado fuera de las estancias cerradas del centro o complejo, en un lugar anexo al mismo al aire libre y guardando la distancia mínima de seguridad de 1,5 metros entre el residente y familiar/allegado y la correspondiente mampara de seguridad.
Además, para hacer estas visitas, habrá que rellenar el formulario del anexo del Decreto 116, y tendrá que pasar los filtros de higienización que se establezcan en cada centro, basados en limpieza de manos, mascarillas quirúrgicas o superiores (FFP2) que cubran nariz y boca de forma obligatoria, y ausencia de objetos o alimentos a facilitar al residente, salvo que los mismos hayan sido previamente higienizados por el personal del centro.
Las residencias tendrán que habilitar mecanismos, utensilios, aparatos o medios para la limpieza de calzado en las alfombras higienizantes en los accesos a la zona de visitas y, en su caso, cabina de desinfección o aspersor de desinfección con alcohol para eliminar presencia del virus en el vestuario y accesorios.
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