Sobre las 19h del día 30 de diciembre de 2014, una pareja mantuvo una fuerte discusión después de que la mujer descubriera que el acusado había estado registrándole el teléfono móvil. Según sostiene la Fiscalía, la discusión derivó en insultos y amenazas, y el acusado presuntamente acabó por agredir a su pareja -con quien tiene hijos en común- cuando ésta se encontraba en la ducha. El Ministerio Fiscal interesó para el acusado, sin antecedentes, la imposición de una pena de un año de prisión por un delito de lesiones en el ámbito familiar, más tres años de alejamiento. Ninguno de los implicados se ratificó en lo expuesto anteriormente y la acusación particular se retiró. La defensa pidió la absolución del acusado. El día 30 de diciembre de 2014, sobre las 19:00h, una mujer se encontraba en su domicilio, dándose una ducha, cuando el acusado, su expareja con quien tiene hijos en común, presuntamente aprovechó para cogerle el móvil sin su autorización, con ánimo de registrárselo.
Una de las hijas de la pareja presenció este hecho y lo puso en conocimiento de su madre, quien -estando todavía en el baño- recriminó al hombre su actitud. En ese momento comenzó una discusión y, según se afirma en la denuncia, el acusado se dirigió al cuarto de baño, profiriendo insultos contra su pareja y llegando a agredirla brutalmente en la ducha, golpeándole la cabeza en varias ocasiones. Según el escrito de acusación presentado por el Ministerio Público, el hombre se dirigió a la denunciante llamándola “puta zorra” y “guarra”, y amenazándola, “te libras porque están los niños delante, si no te hubiera reventado”.
Tras la agresión, el acusado se marchó del domicilio familiar y la mujer llamó a su madre para contarle lo sucedido.
Según lo manifestado por el Ministerio Fiscal, los hechos ocurrieron en el domicilio familiar y en presencia de los menores, lo cual supone un agravante.
Como consecuencia de los golpes recibidos, la mujer presentaba lesiones consistentes en sendos traumatismos a ambos lados de la cabeza, además de una afectación leve y temporal de la visión, que tardó en sanar 2 días.
El presunto autor de los hechos, un hombre de mediana edad sin antecedentes penales, fue detenido, acusado de un delito de lesiones en el ámbito familiar y una falta de injurias (despenalizada, tras la última reforma del Código Penal), por los que el Ministerio Fiscal interesaba para él una pena de 1 año de prisión más 8 días de localización permanente, prohibición de aproximación y comunicación por un plazo de 3 años y el pago de una indemnización de 80 euros.
En la vista oral, sin embargo, no se pudo ratificar la denuncia, toda vez que tanto el acusado como la denunciante se acogieron a su derecho a no declarar. El único testigo más allá de los propios implicados en la presunta agresión, la madre de la denunciante, declaró no recordar bien los hechos objeto de enjuiciamiento y sólo recordaba que su hija la había llamado para contarle una “riña” y porque su pareja “la había humillado”.
Debido a la falta de pruebas, el letrado que representaba los intereses de la denunciante retiró su acusación.
La defensa, por su parte, pidió la absolución del acusado.
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