La ministra de Inclusión presenta nuevas patologías que permiten adelantar la jubilación a los 56 años.
El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones ha ampliado en 11 el número de patologías que permitirán adelantar la jubilación por razón de discapacidad en grado igual o superior al 45%. Esta medida hará posible que en torno a 50.000 personas con discapacidad puedan anticipar su edad de jubilación hasta los 56 años, debido a la patología que padecen.
Así lo ha confirmado la Ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, Elma Saiz, tras reunirse con el presidente del CERMI, Luis Cayo, y otros representantes de la organización, enmarcada en la semana en que se conmemora el Día Mundial de las Enfermedades Raras.
Las nuevas patologías son: espina bífida, amiloidosis por transtiretina variante, párkinson, distrofia miotónica tipo 1 (Steinert), enfermedad de Huntington, enfermedad renal crónica estadio 5, esclerosis sistémica, lesión medular, degeneración corticobasal, atrofia multisistémica y parálisis supranuclear progresiva.
La ampliación del listado de patologías se va a realizar concretamente en el Anexo del Real Decreto 1851/2009, que desarrolla el artículo 161 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social (TRLGSS).
Para la ministra, «es una medida de justicia con miles de personas que padecen enfermedades de gravedad que les condicionan enormemente su día a día y que, por ello, necesitan anticipar su edad de jubilación para equipararse al resto de los trabajadores». «Era algo con lo que el Gobierno estaba comprometido y que viene a atender una demanda de este colectivo», ha añadido Saiz.
La Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social (DGOSS), tras meses de trabajo, ha culminado el procedimiento de inclusión de nuevas patologías generadoras de discapacidad.
Este procedimiento ha permitido actualizar y ampliar un anexo legal abierto, al incorporar nuevas enfermedades cuya gravedad y efectos son susceptibles de justificar una anticipación de la edad de jubilación para las personas trabajadoras con discapacidad de, al menos, el 45 por ciento.
Una vez que el Gobierno modifique el Anexo del referido real decreto, las personas trabajadoras con discapacidad, que estén afectadas por estas patologías podrán anticipar su edad de jubilación hasta los 56 años, sin que esto suponga una reducción de la cuantía de su pensión siempre que estar en alta o en situación asimilada a la de alta en la fecha del hecho causante, acreditar 15 años de cotización a lo largo de su vida laboral y, dentro de ese periodo, que al menos durante cinco años se hayan visto afectados por alguna de estas patologías con discapacidad igual o superior al 45 por ciento.
En estos casos, el período de tiempo en que resulte reducida la edad de jubilación del trabajador se computará como cotizado para determinar el porcentaje aplicable a la base reguladora, que sirve para el cálculo del importe de la pensión de jubilación.
Por primera vez desde el final de la Guerra Fría, la guerra global ha dejado…
Ya puede realizar su compra en la “Versión Digital”, en formato PDF, a través de…
Los madrileños cumplen su quinta temporada consecutiva en la segunda categoría del baloncesto nacional, siendo…
La reciente misión Artemis II ha supuesto todo un hito en la nueva era de la exploración espacial,…
El Club Melilla Balonmano Virgen de la Victoria juega este miércoles contra el Cajasur Córdoba,…
Gustavo Bravo, entrenador del Melilla Torreblanca, celebra la clasificación del equipo para los Play-Offs tras…