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La Justicia avala la retirada de la estatua de Franco en Melilla y rechaza su reposición

El tribunal desestima el recurso de la Fundación Francisco Franco y respalda la actuación de la Ciudad Autónoma al amparo de la Ley de Memoria Histórica

La Sección de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal de Instancia de Melilla, plaza número 2, ha acordado denegar la reposición de la estatua de Francisco Franco, retirada en 2021 tras un acuerdo de la Asamblea de la Ciudad Autónoma durante el mandato conjunto de PSOE y Coalición por Melilla (CPM).

En una sentencia notificada este martes, el tribunal desestima el recurso presentado por la Fundación Nacional Francisco Franco y la plataforma patriótica Millán Astray, avalando la actuación de la administración local. La resolución enmarca la retirada en la Ley de Memoria Histórica y subraya que el sistema democrático permite un amplio margen de planteamientos políticos, pero “no puede legitimar planteamientos jurídicos contrarios a la esencia del mismo”.

Las entidades recurrentes defendían que la estatua no suponía una exaltación de la sublevación militar ni de la dictadura, sino un reconocimiento a la labor de Franco como comandante de La Legión en 1921 durante la defensa de Melilla. Asimismo, denunciaban supuestas irregularidades en el procedimiento, ejecutado —según su versión— “con gran rapidez, en un día”, con omisión de trámites, falta de transparencia y vulneración de la memoria legionaria. También alegaban una posible infracción de la legislación sobre patrimonio histórico al encontrarse la escultura en un conjunto histórico.

Sin embargo, el tribunal rechaza estos argumentos y sostiene que la colocación de la estatua en 1977 “puede ser razonablemente interpretada como una actuación administrativa de exaltación” prohibida por el artículo 15.1 de la citada ley. En consecuencia, concluye que su retirada cuenta con “cobertura jurídica suficiente”.

La sentencia añade que existen “detalles objetivos y fácticos” que no respaldan la tesis de las demandantes sobre el carácter exclusivamente conmemorativo de la figura de Franco como militar, apuntando a un contexto más amplio de exaltación.

En relación con la protección patrimonial, el fallo aclara que la estatua nunca contó con una declaración formal como bien de interés cultural ni figuraba en el Catálogo de Inmuebles del Plan General, por lo que descarta que su retirada haya vulnerado la normativa en esta materia.

De este modo, el tribunal respalda la legalidad del acuerdo adoptado por la Asamblea de la Ciudad Autónoma y cierra la puerta a la reposición del monumento en su ubicación original.

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Redacción

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