La Junta Electoral Central (JEC) ha decidido precisar la regulación del voto de los interventores designados por los partidos en las mesas electorales, pues ha detectado cierta laguna legal que, en caso de coincidencia de varios procesos electorales, como ocurrirá con las municipales, autonómicas y europeas de mayo, permitía que pudieran votar dos veces, por correo y presencialmente.
Los interventores son los agentes que envían los partidos políticos a las mesas electorales para seguir la jornada electoral, vigilar que hay papeletas de su formación en los colegios, identificar a los electores al votar e incluso participar en las deliberaciones de la mesa.
La Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG) establece que los interventores han de votar presencialmente en la mesa donde están acreditados para ejercer su labor, y que, si no están inscritos en el censo de esa circunscripción, deben hacerlo por correo.
De acuerdo con este precepto, cuando han coincidido varios procesos electorales, los interventores podían ejercer su derecho de sufragio ante la Mesa en que estén acreditados cuando dicha Mesa esté integrada en la circunscripción en la que le corresponda votar, y por correo respecto del resto de procesos electorales en que no suceda esto.
Riesgo
Ahora bien, el organismo arbitral admite que este criterio, pese a ajustarse a la LOREG, "no permite evitar el doble voto" de los interventores, puesto que al solicitar el voto por correspondencia la Oficina del Censo Electoral les remite las papeletas, y podría votar por correo y después hacerlo presencialmente.
En su instrucción, señala por contra que, si el interventor es designado por el partido después de que se haya cerrado el plazo para solicitar el voto por correo, se queda sin poder ejercer el derecho de voto. Detectado el problema, la Junta Electoral Central se reunió en los últimos meses con las formaciones políticas y ha decidido unificar criterios con una instrucción para dejar claro que el interventor votará en la mesa si es la que le corresponde y, si en uno de ellos le corresponde otra mesa electoral, entonces deberá votar por correo en todos los comicios del día.
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