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La Federación afirma que la pesca sigue discriminada con respecto a otros deportes

La Federación Melillense de Pesca y Casting informa que la bahía melillense vuelve a ser el escenario para los entrenamientos de los deportistas melillenses del noble arte de la pesca, que junto al de la caza habían sido excluidos de los deportes que retomaban los entrenamientos en las fases de la desescalada deportiva, por lo que el órgano federativo presentó un recurso contencioso administrativo ante el Tribunal Supremo. Sin embargo, la orden de Ministerial 414/2020, de 16 de mayo, modificó la del 399/2020 de 9 mayo, para la flexibilización de determinadas restricciones de ámbito nacional, establecidas tras la declaración del estado de alarma, en aplicación de la Fase 2 del Plan para la transición hacia una nueva normalidad, que según su disposición final quinta surtió plenos efectos desde las 00’00 horas del día 18 de mayo y mantendrá su eficacia durante toda la vigencia del estado de alarma y sus posibles prórrogas.
Sin embargo, la Federación Española asegura que se sigue discriminando a la pesca individual con respecto a otros deportes que sí se les deja comenzar a practicarlos desde la Fase 0. “Por ello, se mantienen los motivos de la FEPYC que le llevaron a interponer recurso Contencioso-administrativo ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo contra los preceptos citados de la Orden de 9 de mayo, al suponer una discriminación frente a la práctica de otros deportes que cumplan las mismas características de desarrollarse al aire libre, en espacios naturales, de carácter individual y sin contacto con terceros, lo que implica un ataque flagrante al artículo 14 de la constitución.
No obstante, la Federación Melillense informa que la Ciudad Autónoma de Melilla, al estar en la Fase 1, la pesca se puede practicar desde ayer lunes, sin limitación horaria. En este sentido, el presidente de la Territorial, Víctor Fernández Morales, explica que durante el estado de alarma, cualquier deporte se practicará como entrenamiento y como marca la Ley. “Se tiene que tener mucho cuidado y evitar los contactos, aunque es cierto que en este deporte no los hay, puesto que cada deportista guarda un margen de 20 metros cuadrados de distancia entre uno y otro, aunque ahora, más que nunca, los pescadores locales tienen que demostrar su gran profesionalidad y dar ejemplo, recordándoles que en los entrenamientos deben de cumplir con todas las normas que establece la Federación Española de Pesca y Casting”.
También hizo hincapié en que la pesca deportiva se practica en la modalidad de captura y suelta, es decir, “devolviendo al pez a su medio, y sin dañarlo”. No hay, por lo tanto, aprovechamiento de ningún recurso natural. “Nuestro deporte se practica de forma sostenible, utilizando las mejores prácticas disponibles. Y somos impulsores junto a la Asociación del Deporte Español (ADESP) del Proyecto estratégico desde el Deporte al Medioambiente, por el que se impulsan medidas de reducción de la huella ambiental, reciclaje de residuos, eliminación de plásticos de un solo uso, etcétera”.

Artículo 50 del capítulo XV de la Orden Ministerial Medidas de higiene y prevención
La Territorial Melillense también afirma que con respecto al artículo 50 del capítulo XV, de la Orden Ministerial SND/399/2020, se establecen medidas de higiene y prevención aplicables a la actividad de la caza, la pesca deportiva y recreativa, “en la que no se concretan de la misma forma para otros deportes o actividades que tienen características similares de desarrollarse al aire libre, sin contacto con terceros, de manera individual y en espacios naturales como puede ser el piragüismo, el remo, la vela o el surf, cuando bien pudo hacerse en las Órdenes de 30 de abril y de 3 de mayo”.
“La justificación viene determinada, obviamente, al haberse excluido a la pesca y la caza de dichas Órdenes e incluirse ahora en Fase 1 por primera vez, detallando ciertas medidas de prevención e higiene, pero que son en realidad genéricas y aplicables a cualquier otro deporte o actividad que se practica al aire libre, en espacios naturales y sin contacto, que utilizan también implementos, utensilios o materiales que evidentemente deberán desinfectar sus practicantes. No existen entonces diferencias objetivas o subjetivas relevantes entre la pesca deportiva y recreativa y esas otras actividades o deportes que supongan la necesidad de un tratamiento distinto y una prohibición para su práctica en la Fase 0”, concluye la nota de prensa de la Federación Melillense de Pesca y Casting.

Antonio Calderay

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Antonio Calderay

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