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La Autoridad Portuaria aclara que los responsables de ‘El Cielo’ no tienen título legal para explotar los locales del Puerto Deportivo

La Autoridad Portuaria de Melilla (APM) ha emitido un comunicado en el que aclara su postura respecto a la clausura de la actividad de los locales 24 y 25 del Puerto Deportivo, tras las acciones y manifestaciones públicas realizadas en los últimos días por Fran Antón, quien llegó a declararse en huelga de hambre y a encadenarse a las puertas del establecimiento ‘El Cielo’, que regentaba junto a su pareja Kiko Hernández.

Según subraya la APM, ni Francisco Hernández ni Francisco Antón, ni ninguna empresa participada por ambos, disponen de título legal habilitante para explotar dichos locales ni ningún otro dentro del Puerto Deportivo de Melilla. La concesión de estos espacios fue otorgada en diciembre de 2021, por el Consejo de Administración de la anterior etapa de gobierno, a una tercera persona a través de una Sociedad Limitada Unipersonal.

La Autoridad Portuaria recuerda que para la cesión legal del uso total o parcial de una concesión es imprescindible la aprobación previa del Consejo de Administración, a solicitud del concesionario. Al no haberse presentado ninguna solicitud formal, no ha sido posible estudiar ni autorizar dicha cesión.

Requisitos legales incumplidos

En este sentido, la APM señala que, de haberse solicitado, la cesión debería haber cumplido los requisitos establecidos en la regla 30 de la Orden FOM 938/2008, que exige, entre otros aspectos, que el cesionario reúna los requisitos para ejercer la actividad, que se comunique por escrito el contrato de cesión con anterioridad a su celebración, que el concesionario esté al corriente de sus obligaciones y que no se generen situaciones de dominio de mercado.

La situación fue comunicada a los interesados en dos reuniones mantenidas a petición de los mismos: la primera con Fran Antón hace siete meses y la segunda con Kiko Hernández a principios del pasado mes de noviembre. Pese a ello, la Autoridad Portuaria insiste en que las manifestaciones públicas en las que ambos se declaran titulares de la actividad “se encuentran frontalmente en contra de la legalidad”.

De hecho, la APM recuerda que, conforme al artículo 98.1.g del Texto Refundido de la Ley de Puertos, la cesión no autorizada del uso total o parcial de una concesión es causa de caducidad de la misma.

Sin interés de terceros en los locales

Por otro lado, la Autoridad Portuaria ha desmentido categóricamente que exista ninguna solicitud ni interés, ni por parte de empresas ni de particulares, para acceder a la concesión de los locales 24 y 25. En concreto, rechaza cualquier vinculación con una empresa de reciente implantación en Melilla dedicada a la promoción de la llegada de cruceros, que, según aclara, no ha mostrado interés en ningún otro local del Puerto Deportivo y desarrolla su actividad exclusivamente en planta baja, no en espacios situados en altura como los ahora clausurados.

Esta empresa, cuya inversión comprometida asciende a 3 millones de euros para la reforma de locales ya concesionados y la construcción de una nueva terminal de cruceros, se encuentra actualmente en fase de tramitación de licencia urbanística y no ha planteado actuaciones sobre otros locales, algunos de los cuales permanecen vacíos y disponibles para empresarios melillenses.

Defensa de la legalidad

Por todo ello, la Autoridad Portuaria de Melilla desvincula rotundamente la clausura de la actividad de los locales 24 y 25 de cualquier interés externo, reiterando que su único objetivo es que estos espacios desarrollen la actividad para la que fueron concesionados, cumpliendo estrictamente las condiciones legales y de seguridad, en beneficio de la ciudadanía, del concesionario y de la propia APM.

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La Autoridad Portuaria aclara que los responsables de ‘El Cielo’ no tienen título legal para explotar los locales del Puerto Deportivo

Redacción

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