El auto de la Audiencia Provincial alude, asimismo, a “las llamadas devoluciones en caliente”, que a juicio de la Coordinadora de Barrios, suponen un delito de impedimento por funcionario público del derecho de asistencia de abogado al detenido o preso” o de prevaricación. Según la Audiencia Provincial, los agentes procedieron “exclusivamente a la conducción de los inmigrantes que habían entrado ilegalmente en territorio español a efectos de ejecutar su devolución o entrega a Marruecos”. Para ello, admite que se dio una “retención necesaria” de los inmigrantes, pero no requería ninguna diligencia de declaración o reconocimiento en sede policial como detenidos”, que son los dos casos en los que hubiera sido necesaria la presencia del letrado.
La Audiencia Provincial recuerda, además, que los rechazos en frontera de los agentes tienen “amparo legislativo” en la reciente reforma de la Ley de Extranjería, a través de una disposición de la Ley de Seguridad Ciudadana.
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