La Asociación de Embarcaciones Náuticas de Melilla ha interpuesto un recurso de alzada contra la nueva resolución 1/2025 de 8 de julio, de la Capitanía Marítima de Melilla a, sobre Normas Básicas de Seguridad Marítima y de la Navegación de Motos Acuáticas de Recreo en las Aguas Marítimas de Melilla, y que limita el uso de las motos y demás embarcaciones náuticas en la ciudad autónoma.
El recurso, al que ha tenido acceso el MELILLA HOY, ha sido registrado ante la Dirección General de la Marina Mercante y busca la anulación de dicha resolución alegando falta de “razones, motivos y fundamentos” de las “enormes restricciones” de uso y navegación de las motos náuticas en la ciudad, “y que suponen de facto la inutilización de estas”. “Pues si ya de por sí el ámbito de navegación es limitado por razones evidentes (espacio reducido), con las limitaciones introducidas ex novo por la actuación administrativa impugnada se constata como las zonas en las que pueden ser utilizadas son prácticamente inexistentes”, lamentan.
En el escrito se señala que la única justificación para aplicar estas “medidas extraordinarias de protección” se basan en los expedientes sancionadores incoados en los últimos años por la Capitanía Marítima, las denuncias de la Guardia Civil y “las quejas de los usuarios”.
Sin embargo, la Asociación de Embarcación Náuticas rebate que “la existencia, o no, de expedientes administrativos sancionadores no es motivo alguno ni justificación de tal importantísima limitación de utilización de las motos náuticas”.
“Se trata de una afirmación gratuita y huérfana de todo contenido, prueba y razonamiento en la resolución impugnada. De hecho, mal casa con haber prohibido la salida de las aguas territoriales de Melilla, pues la concentración de las motos náuticas en las zonas próximas a las zonas de baño se incrementará por efecto directo de la resolución”, critica la entidad.
En definitiva, la entidad considera que dicha resolución “no cumple con las exigencias mínimas de motivación impuestas por la Constitución Española y desarrolladas por la jurisprudencia de los Tribunales de Justicia” y, por ello, piden que se anule “de pleno derecho y se deje sin efecto”..
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