Según una instrucción emitida por el Ministerio del Interior a las fuerzas de seguridad, en relación con su forma de actuar en lo tocante a la toma de imágenes de agentes (sancionable desde la reforma del Código Penal de 2015), se determina que la mera toma de imágenes o el tratamiento de los datos de los agentes no constituye infracción “si no representa un riesgo o peligro para ellos, su familia, las instalaciones o las operaciones policiales”.
Esta instrucción, extremadamente ambigua, responde a uno de los compromisos de Pedro Sánchez para con el líder de Podemos, Pablo Iglesias, mientras se aborda la reforma de la Ley de Seguridad Ciudadana de 2015, también llamada “Ley Mordaza”, cuyo debate comenzará hoy en el Congreso de los Diputados. Recordemos que ambas formaciones de izquierdas siempre han apostado por la derogación de dicha Ley (en contra del criterio de los representantes de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado), si bien el PSOE ha templado su postura inicial, en tanto en cuanto pretende mantener algunos aspectos de dicha Ley, como los rechazos en frontera o “devoluciones en caliente”.
Según el Ministerio del Interior, de ahora en adelante, para que los hechos sean considerados infracción, es necesario que se haga uso de las imágenes o datos personales o profesionales de los agentes, de las instalaciones o de las operaciones policiales, “y que ese uso ponga en peligro la seguridad personal de los agentes” o de sus familias, o el éxito de una operación. En este sentido, la instrucción deja claro que ese riesgo o peligro para la seguridad debe reflejarse en el acta o denuncia, de lo contrario, no podrá castigarse la toma de imágenes de FCSE.
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