Categorías: Opinión

FSC-CCOO aclara por qué no defienden a los trabajadores de Bienestar Social de los ataques de CPM

El Sr Ventura, Consejero de Bienestar Social, se preguntaba en este medio por qué los sindicatos no defienden a los empleados públicos de su Consejería de los envites de CPM. Para ello habrá que hacer un poco de historia y decir que, los supuestos ataques de CPM a los empleados públicos, vienen propiciadas por la aprobación del Reglamento de Centros de Servicios Sociales del Sr. Ventura, y decimos bien, del Sr. Consejero, porque a pesar de abordar asuntos que afectan al personal de la Consejería, éste se ha hecho sin contar con los sindicatos a los que ahora invoca.

Sr. Ventura, comete usted una “incongruencia por error”. No sólo no responde a la cuestión que le plantea su opositor, sino que equivocadamente razona sobre otra absolutamente ajena al debate, planteando la duda sobre si los sindicatos defendemos o no el trabajo y la honorabilidad de nuestros compañeros.

Como dijimos, los supuestos ataques de CPM a los empleados públicos, vienen a colación de que en el recién aprobado Reglamento no se recogen medidas sancionadoras contra los empleados públicos que ejerciten malas praxis con los usuarios del Centro. Disfunciones, que por otro lado, el Sr. Ventura no niega. Por ello, nosotros le planteamos dos preguntas al Sr. Consejero, ¿de verdad no es usted capaz de responder a esta cuestión?, ¿necesita que respondamos por usted a CPM?…..Pues lo vamos a hacer.

“Sres. de Coalición por Melilla, sin poner en cuestión que los empleados públicos de Bienestar Social, son competentes, entregados, amantes de su trabajo y que lo desarrollan como mejor pueden a pesar de no tener todos los recursos que debieran, les informamos que los empleados públicos, estamos sometidos a un código de conducta y un régimen disciplinario, con faltas y sanciones tipificadas en una norma básica que es el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. Por ello, no es necesario que en el Reglamento del Sr. Ventura, se incluya nada al respecto. Existe un procedimiento reglamentario para interponer las quejas que el usuario crea conveniente y, a partir de aquí, la Administración debe poner en marcha el mecanismo correspondiente.” No se acostumbre Sr. Daniel Ventura a que respondamos por usted a sus adversarios políticos, entre otras cosas porque queda usted en muy mal lugar.

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