Expediente sancionador a gestoras de pisos turísticos por prácticas engañosas

El Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, que dirige Pablo Bustinduy, ha incoado, a través de la Dirección General de Consumoexpedientes sancionadores a grandes gestoras de pisos turísticos que podrían estar incurriendo en prácticas engañosas y en otras potenciales infracciones de la Ley General para Defensa de Consumidores y Usuarios.

Así lo ha anunciado el departamento que lidera Bustinduy, señalando que los datos recopilados constatarían que estas empresas estarían ofreciendo «información falsa o información que, aun siendo veraz, por su contenido o presentación induzca o pueda inducir a error a los destinatarios», lo que supondría una práctica engañosa susceptible de alterar el comportamiento económico, como define el Artículo 5 de la Ley de Competencia Desleal.

Esto es, por ejemplo, indicar en el anuncio que quien gestiona un alojamiento turístico es una persona particular, o varias, cuando en realidad se trata de una empresa.

Asimismo, estas prácticas se considerarían engañosas de acuerdo al Artículo 27 de la Ley de Competencia Desleal, donde se detalla que «afirmar de forma fraudulenta o crear la impresión falsa de que un empresario o profesional no actúa en el marco de su actividad empresarial o profesional», así como «presentarse de forma fraudulenta como un consumidor o usuario» son acciones contrarias a la normativa.

En consecuencia, Consumo ha denunciado que estas grandes gestoras ocasionarían «lesiones o riesgos para los intereses de consumidores y usuarios de forma generalizada». Aún así, la Dirección General de Consumo ha recalcado que la apertura de estos expedientes no prejuzga el resultado final de los mismos.

Por otro lado, al ser un proceso abierto, el Ministerio ha asegurado que no puede concretar cuáles son las compañías afectadas o el número total de las mismas.

Multas graves de hasta 100.000 euros

Según el precepto legal, estas prácticas pueden llegar a calificarse, además, como infracciones graves, con multas de hasta 100.000 euros, cantidad que se puede sobrepasar hasta alcanzar entre cuatro y seis veces el beneficio ilícito que haya obtenido cada empresa por haberlas llevado a cabo.

La investigación se puso en marcha el pasado mes de diciembre, después de requerir información a diversas empresas que operan en todo el territorio nacional comercializando alojamientos turísticos en régimen de alquiler.

Estos nuevos procedimientos de sanción por parte de Consumo se unen al expediente sancionador que el departamento que dirige Pablo Bustinduy abrió hace dos meses, también en el ámbito de las viviendas turísticas, a Airbnb.

En este caso, el expediente se puso en marcha porque esta plataforma mantiene miles de anuncios de pisos turísticos que se catalogaron como publicidad ilícita por suponer una infracción de la Ley General para la Defensa de Consumidores y Usuarios. La Dirección General de Consumo solicitó a la plataforma que retirara de forma inminente estos anuncios y, ante su negativa, se le incoó el expediente.

 

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