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Entra en vigor la orden del Ministerio que permite pasar borregos de Marruecos para el Aid El Kebir

El Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente (Mapama) publicó ayer en el Boletín Oficial del Estado (BOE) la Orden por la que permitirá de forma temporal la entrada de borregos de Marruecos a Melilla para la celebración del Aid El Kebir. Esta orden, que entra hoy en vigor, introduce ligeras variaciones respecto al proyecto del Mapama que ya avanzó MELILLA HOY en su edición del 10 de julio, cuando se encontraba en periodo de alegaciones. En concreto, incluye las tres enmiendas presentadas por la Ciudad Autónoma y elimina algunos de los requisitos iniciales, ya que suprime la segunda desinfección de los vehículos de transporte en Melilla y las palabras “movimientos comerciales efectuados por operadores comerciales”. La orden del Mapama que entra hoy en vigor especifica que “se tratará de movimientos con destino a una explotación ganadera incluida en el Registro General de Explotaciones Ganaderas, de acuerdo con el Real Decreto 479/2004, de 26 de marzo, por el que se establece y regula el Registro general de explotaciones ganaderas, sita en Melilla, que disponga de la suficiente capacidad para alojar a los animales antes de su sacrificio”.
Este es el tercero de los requisitos, enmarcado en el apartado c) de la Orden Ministerial. El definitivo es, por lo tanto, más extenso del que había propuesto inicialmente el Mapama, que decía literalmente: “Se tratará de movimientos comerciales, efectuados por operadores comerciales, y con destino a una explotación ganadera o matadero sito en Melilla”.
Hay que recordar que la Ciudad Autónoma pidió en una de sus alegaciones que se eliminara el matadero como lugar de destino de los borregos, dada su falta de capacidad. Una petición que ha sido tenida en consideración por el Mapama.

Condiciones de transporte
Otra de las condiciones, que es completamente nueva al no aparecer en el proyecto de Orden, hace alusión a la forma de transporte de los animales, y es también una propuesta de la Ciudad Autónoma.
Aparece concretamente en el apartado d) de la Orden Ministerial publicada ayer en el BOE: “Los animales serán transportados en vehículos de transporte de animales debidamente autorizados o registrados al efecto por los Servicios Veterinarios Oficiales del Reino de Marruecos o de España, que posibiliten unas adecuadas condiciones de transporte de dichos animales”.
También hay cambios en la siguiente condición, la quinta y enmarcada en el apartado e) de la Orden Ministerial, que se refiere a la necesidad de desinfectar los vehículos contra el virus de la fiebre aftosa. Todo se mantiene igual que en el proyecto que había presentado el Mapama, pero suprime la necesidad de llevar a cabo una segunda desinfección en Melilla, pues en la Orden Ministerial no aparece ese requisito. Tampoco se hace mención a la prohibición de que traigan restos de paja.

Controles veterinarios
El resto de la Orden que ayer publicó el Mapama en el BOE se mantiene intacto respecto al proyecto que había elaborado a principios de mes para que los interesados presentaran enmiendas. Concretamente, las dos primeras condiciones, que aluden a los controles veterinarios:
“Los animales irán acompañados de un certificado veterinario, expedido por los Servicios Veterinarios Oficiales del Reino de Marruecos, debidamente cumplimentado en todos sus extremos, y ajustado al modelo acordado por las autoridades veterinarias del Reino de España con las del Reino de Marruecos, cuyo modelo está disponible en la página web del Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente”, reza el apartado a) de la Orden Ministerial.
“Antes de su entrada en el territorio de Melilla, los animales serán objeto del correspondiente control por los servicios veterinarios oficiales de control en frontera, en un punto de control autorizado”, señala el apartado b).
El paso de borregos marroquíes que cumplan las condiciones estará permitido del 1 de agosto al 2 de septiembre.

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Redacción

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