Emergencias 112, los bancos y el transporte público deberán ser accesibles por la Ley Europea de Accesibilidad

Cajeros automáticos, aplicaciones bancarias, webs de transporte y pantallas informativas deberán adaptarse con requisitos técnicos de accesibilidad física, digital y sensorial. (Foto: Agencias)

El pasado mes de julio entreba en vigor la Ley Europea de Accesibilidad (Directiva UE 2019/882) que exige que el número de emergencias 112, los bancos, el transporte público, así como otros productos y servicios, sean accesibles para los más de 440 millones de ciudadanos europeos, en especial para los casi 100 millones de personas con alguna discapacidad que residen en la Unión Europea.

Además, según datos de la Comisión Europea, de aquí a 2050 el porcentaje de personas mayores de 65 años se situará en torno al 30%, frente al 20% actual, por lo que este cambio legislativo supone un importante avance.

El número 112 deberá permitir que las personas con dificultades de comunicación puedan acceder a los servicios de emergencia utilizando voz, texto o vídeo en tiempo real y desde cualquier lugar de España y Europa.

Los cajeros automáticos deberán contar con interfaces accesibles y multisensoriales, para que las personas ciegas o con baja visión puedan acceder a los servicios bancarios. Asimismo, deben cumplir con determinadas medidas de altura para facilitar su uso a personas que se desplazan en silla de ruedas o tengan talla baja. También debe ser accesible la operativa ‘online’ asociada a la gestión de los servicios financieros, así como los contratos vinculados a la contratación de los servicios.

«Poder llamar al 112, sacar dinero de un cajero o reservar un billete por internet sin barreras no debería ser un reto para nadie. Esta ley reconoce que la accesibilidad no es un añadido, sino una condición esencial para vivir con autonomía, seguridad y dignidad. Es un paso decisivo para que todas las personas, sin importar su edad o discapacidad, puedan desenvolverse con libertad en lo cotidiano» , afirma el director de AccessibleEUJesús Hernández-Galán.

En relación con los operadores de sistemas de transporte público, deberán informar sobre la accesibilidad de las estaciones y sus servicios.

Los sitios web o aplicaciones móviles que ofrecen información sobre servicios de transporte, como horarios o compra de billetes, y las pantallas de información en las estaciones, deberán cumplir con los requisitos de accesibilidad establecidos por la ley.

En la legislación también se recoge la obligatoriedad de aplicar requisitos de accesibilidad en ordenadores, teléfonos inteligentes, plataformas de comercio electrónico, televisores, libros digitales y sistemas de reproducción de audio y vídeo, entre otros productos y servicios.

La Ley Europea de Accesibilidad también exige formación obligatoria en atención a personas con discapacidad para personal encargado de brindar servicios.

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