Las ayudas van dirigidas a los desempleados que se establezcan como trabajadores autónomos y serán mayores en el caso de dirigirse a colectivos sensibles, como jóvenes, discapacitados o mujeres. El SEPE también financiará formación. El Servicio Estatal de Empleo Público ofrece una subvención de hasta un máximo de 10.000 euros para los desempleados que se establezcan como trabajadores autónomos o por cuenta propia.
El organismo dependiente del Ministerio de Trabajo, cuenta con subvenciones de 5.000 euros para desempleados en general; 6.000 euros para menores de 30 años y mayores de 45 años; 7.000 euros para mujeres; 8.000 para personas con discapacidad y 10.000 euros para mujeres con discapacidad.
Asimismo, para los desempleados inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil o en el caso de los desempleados de larga duración es de 7.000 euros para los hombres y de 9.000 euros para las mujeres.
Todas estas ayudas se incrementarán en un 10% cuando se acredite ser víctima de violencia de género o de terrorismo.
Pero, además, el SEPE cuenta con una subvención financiera, dirigida a la financiación parcial del proyecto empresarial mediante la reducción de los intereses del préstamo que el interesado haya solicitado a una entidad de crédito que esté sujeta a convenio con el Ministerio de Trabajo.
En cuanto a la asistencia técnica, el SEPE otorga una subvención para financiar parcialmente la contratación de servicios externos necesarios para la puesta en marcha del proyecto: estudios de viabilidad, marketing, comercialización… En este sentido se subvencionará hasta un 75% del coste de los servicios prestados con un tope de 2.000 euros.
El SEPE también financiará parcialmente los cursos relacionados con la dirección y gestión empresarial y nuevas tecnologías de la información y la comunicación, para cubrir las necesidades formativas del trabajador autónomo durante la puesta en marcha de la empresa. Se subvencionará hasta un 75% del coste de los cursos recibidos con un tope de 3.000 euros.
Requisitos de los beneficiados
Para poder optar a estas subvenciones la persona beneficiaria debe estar desempleada previamente a la fecha de inicio de la actividad, es decir, registrado como no ocupado en el Servicio Público de Empleo Estatal.
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