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El PP quiere que se pueda dejar de tutelar a un niño fugado 6 meses

El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso ha presentado una enmienda al proyecto de Ley de Protección de la Infancia para permitir que las comunidades autónomas dejen de tutelar a un niño al que tienen bajo su protección si lleva, después de fugarse del centro de menores, más de seis meses en paradero desconocido.

La enmienda pretende introducir un nuevo apartado en el artículo 172 del Código Civil para fijar que la Entidad Pública "cesará en la tutela que ostente sobre los menores declarados en situación de desamparo cuando constate, mediante los correspondientes informes" que "hayan transcurrido seis meses desde que el menor abandonó voluntariamente el centro de protección, encontrándose en paradero desconocido".
En la actualidad, el Código Civil sólo contempla el cese de la tutela por parte de la Administración pública cuando el menor cumple los 18 años o cuando es adoptado. El proyecto de Ley presentado por el Gobierno añade a esta casuística que el niño se haya trasladado voluntariamente a otro país o que se haya marchado a otra comunidad autónoma cuya entidad pública le haya declarado en desamparo y le haya acogido.

El Grupo Parlamentario Popular va un paso más allá y quiere que las comunidades autónomas, responsables de estas competencias, puedan también cesar la tutela de aquellos menores que se han fugado del centro y de los que al cabo de seis meses no se haya vuelto a saber nada, siendo declarados en paradero desconocido.

La propuesta, que será sometida a debate en el Congreso junto con el resto de enmiendas al proyecto planteada por los grupos, contradice el criterio de la Fiscalía General del Estado y del Defensor el Pueblo, que han venido alertando de la desprotección en que se quedan estos niños cuando la administración pública deja de responder por ellos.

Quejas de Melilla
De hecho, ante la existencia de esta práctica no contemplada en el Código Civil, la Fiscalía General del Estado dictó una circular en 2011 para fijar como criterio de todos los fiscales que "como regla general, deben ser impugnadas las resoluciones por las que la Entidad Pública de Protección de Menores declare extinguida la tutela legal en base a que el menor desamparado se ha fugado y colocado en paradero desconocido".
"Si un menor desamparado que está recibiendo atención en un centro se fuga del mismo, no es que desaparezca el desamparo, sino que bien al contrario, su situación de vulnerabilidad se incrementa exponencialmente. En estas circunstancias, acordar el cese de la tutela es objetivamente una decisión contraria al superior interés del menor", establecía la circular de la Fiscalía.

El Defensor del Pueblo ha venido defendiendo este criterio ante las quejas registradas en distintas comunidades sobre el cese de tutela, las últimas procedentes de Ceuta y Melilla y relativas a niños migrantes llegados a España sin compañía de un adulto. En Ceuta, según sus autoridades, el 40% de los tutelados acaban fugándose y desapareciendo. No son los únicos. Un niño español de 15 años lleva más de dos meses desaparecido tras fugarse de un centro madrileño para menores con trastornos de conducta.
"En relación con el cese de tutela de los menores extranjeros no acompañados por abandono del centro en el que residen, se han realizado actuaciones con los servicios de protección de menores y con la Fiscalía General del Estado reiterando que el artículo 276 del Código Civil dispone unas causas tasadas por las que se cesa en la tutela de los menores, entre las que no se incluye dicho abandono", explicaba el último informe anual de la institución.

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El PP quiere que se pueda dejar de tutelar a un niño fugado 6 meses

Redacción

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