Pedro Sánchez, presidente del Gobierno (Foto Europa Press)
El Gobierno ha propuesto derogar el actual delito de sedición y sustituirlo por otro desórdenes público agravado que contempla penas para las autoridades de 3 a 5 años de prisión -frente a los 10 a 15 años que recoge el Código Penal vigente- e inhabilitación de 6 a 8 años -frente a los 10 a 15 años que establece la ley actual-, según recoge la proposición de ley orgánica realizada por PSOE y Unidas Podemos.
El texto consigue esta rebaja tras eliminar el artículo 544 del Código Penal -que define el delito de sedición- y modificar el artículo 557 para dar lugar a lo que ayer el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, denominó «desórdenes públicos agravados».
Así, la proposición señala que «serán castigados con la pena de prisión de seis meses a tres años los que, actuando en grupo y con el fin de atentar contra la paz pública, ejecuten actos de violencia o intimidación: sobre las personas o las cosas; u obstaculizando las vías públicas ocasionando un peligro para la vida o salud de las personas; o invadiendo instalaciones o edificios».
Y añade que «los hechos descritos en el apartado anterior serán castigados con la pena de prisión de 3 a 5 años e inhabilitación especial para empleo o cargo público por el mismo tiempo cuando se cometan por una multitud cuyo número, organización y propósito sean idóneos para afectar gravemente el orden público».
«En caso de hallarse los autores constituidos en autoridad, la pena de inhabilitación será absoluta por tiempo de seis a ocho años», precisa la propuesta.
Entre las principales modificaciones, se introduce una «modalidad agravada de desórdenes públicos». Para ello, el texto propone que «el delito de desórdenes públicos sea cometido por una multitud cuyas características -número, organización y finalidad- sean idóneas para afectar gravemente el orden público, entendido como el normal funcionamiento de las instituciones y servicios públicos».
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