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El Contencioso falla a favor de un soldado al que revocaron su exoneración de servicio

El soldado había pedido la aplicación de medidas de conciliación para cuidar de su hijo, menor de 1 año, pero el Coronel del RAMIX 32 se las revocó sin atender a la normativa vigente, según ha considerado el fallo del Tribunal. La Asociación de Tropa y Marinería Española informa de que, con fecha de 28 de noviembre, el Juzgado de lo Contencioso nº 1 de Melilla, ha anulado las resoluciones emitidas por los mandos del RAMIX 32 y la Comandancia General de Melilla, relativas a la revocación de la exoneración de servicio que se concedió a un soldado por cuidado de un hijo menor de 1 año, una exoneración que “le fue cercenada de forma genérica, para realizar unos ejercicios continuados de instrucción y adiestramiento”.
Según la sentencia, las normas que regulan la revocación de la exoneración de servicio fueron ignoradas por el Coronel del RAMIX 32, quien tomó la decisión sin el correspondiente informe previo de la Secretaría permanente de igualdad de la división de apoyo al personal.
La revocación de la exoneración de servicio no es dicrecional del mando, sino que está basada en un concepto jurídico indeterminado como son “las necesidades del servicio”. Por tanto, “son estas necesidades del servicio las que condicionan la exoneración de guardias y maniobras, y su justificación debe hacerse en relación con el caso concreto de la unidad militar en la que dicho compañero esté destinado”, recuerdan desde ATME.
En el caso del Coronel del RAMIX 32, excusó la falta de solicitud del informe de la Secretaría permanente de igualdad, al igual que tener que motivar de forma individualizada las necesidades del servicio, porque dejaba que el soldado pudiera disfrutar de la franja horaria que tenía concedida de reducción de jornada, decisión fue ratificada por el Comandante General Jefe de la Comandancia General Melilla.
El espíritu del derecho de conciliación familiar que tienen los militares, es que durante el primer año y hasta los cuatro años de los menores, los soldados puedan atender a sus hijos sin tener que realizar actividades fuera de la jornada de trabajo habitual, lo que les conlleva una pérdida de retribuciones que asumen para poder cuidar de sus hijos.
ATME ya había puesto en conocimiento del Ministerio de Defensa esta problemática de las reducciones de jornada en Melilla, “y lo único que vimos fue la impasividad de los mismos, al no tomar cartas en algo que estaba afectando gravemente a la conciliación familiar de muchos militares en Melilla”, recuerdan desde la Asociación..

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El Contencioso falla a favor de un soldado al que revocaron su exoneración de servicio

Redacción

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