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El Constitucional estudiará la decisión del Supremo de no amnistiar la malversación del ‘procés’ a Puigdemont

El Tribunal Constitucional (TC) ha admitido a trámite el recurso de amparo presentado por el expresidente catalán Carles Puigdemont contra la decisión del Tribunal Supremo (TS) de no amnistiarle la malversación del ‘procés’.

Según ha informado el TC, así lo ha resuelto el Pleno en la sesión de este martes, donde también ha admitido a trámite los amparos solicitados por los exconsejeros catalanes Lluís Puig y Antoni Comín.

Los magistrados han acordado estudiar las peticiones de amparo al considerar que revisten «una especial trascendencia constitucional porque el asunto suscitado trasciende del caso concreto y porque pudiera tener unas consecuencias políticas generales».

La corte de garantías ha dado este paso con el voto en contra de los magistrados conservadores Ricardo Enríquez, Enrique Arnaldo, Concepción Espejel y José María Macías.

Estaba previsto que el TC adoptara esta decisión en el Pleno anterior pero se retrasó por la ristra de recusaciones lanzadas contra varios magistrados –el presidente del TC, Cándido Conde-Pumpido, Arnaldo, Espejel y Macías– para intentar apartarles de las deliberaciones sobre estos recursos, tachas que fueron rechazadas por unanimidad.

De esta forma, el TC ya ha admitido a trámite todos los amparos planteados hasta ahora contra la decisión del Supremo de no aplicar la ley de amnistía a la malversación del ‘procés’, al considerar que estos hechos encajan en dos excepciones contempladas por la propia norma para no aplicarla: que haya «un enriquecimiento personal o beneficio patrimonial» y afectación a los intereses económicos y financieros de la UE.

El Constitucional ya admitió los amparos formulados por el exvicepresidente catalán y líder de ERC, Oriol Junqueras, y los exconsejeros Raül Romeva, Dolors Bassa y Jordi Turull.

LAS CAUTELARES SE RECHAZARÁNUna vez admitidos a trámite, quedan dos decisiones más del TC en relación con estos amparos. Por un lado, las medidas cautelares, ya que Junqueras y los demás condenados por el referéndum ilegal del 1 de octubre de 2017 pedían que se les levantara la pena de inhabilitación; y Puigdemont y Comín, que se revocaran las órdenes nacionales de detención que pesan contra ellos.

Respecto a las medidas reclamadas por Puigdemont y Comín, el Pleno también ha resuelto este martes que no concurre una «urgencia excepcional» que permita tramitarlas como cautelarísimas –sin escuchar a las partes, tal y como exigían los líderes independentistas–, por lo que, al igual que con Junqueras, ha decidido tramitarlas como cautelares abriendo para ello una pieza separada.

Las fuentes jurídicas consultadas por Europa Press avanzan que, si bien es habitual que se interese este tipo de medidas cautelares, es raro que se concedan, por lo que auguran que serán rechazadas, ya sea en un trámite propio –en el marco de piezas dedicadas únicamente a ventilar estas peticiones– o incluso directamente en las sentencias que se dicten en su día.

Esos fallos sobre los recursos de amparo, resolviendo sobre si el Supremo debió amnistiar la malversación del ‘procés’, son el gran asunto pendiente en el Constitucional respecto a esta ley desde que el pasado junio dictó su primer fallo sobre la norma, para avalarla con algunos matices de entidad menor.

Será entonces, según explican las citadas fuentes, cuando el TC entre de lleno en el análisis de la malversación y la ley de amnistía y aclare el futuro inmediato de Puigdemont y Junqueras. Pero antes, en el Pleno de esta semana, hará una primera aproximación a este delito en la sentencia que dictará por el recurso de inconstitucionalidad presentado por las Cortes de Aragón.

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El Constitucional estudiará la decisión del Supremo de no amnistiar la malversación del ‘procés’ a Puigdemont

Europa Press

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