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El Constitucional avala cubrir vacantes en las Policías locales con interinos

El Tribunal Constitucional avala la cobertura de las vacantes en las Policías Locales de Baleares con funcionarios interinos, lo que podría abrir la puerta a una solución al problema que se ha planteado en Melilla con la bolsa de Agentes de Movilidad, paralizada por una sentencia del Tribunal Supremo. En concreto, el fallo de la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo indica que «no resulta ajustado a derecho» el nombramiento de agentes de la Policía Local en régimen de interinidad, tras la modificación del artículo 92.3 de la Ley de Bases de Régimen Local (LBRL) por la Ley 27/2013, de 27 de diciembre.
Sin embargo, según ha informado la Cadena Ser, el Tribunal Constitucional ha desestimado la cuestión de inconstitucionalidad planteada por el Tribunal Superior de Justicia de Baleares a raíz de las modificaciones de las leyes de Régimen Local y de Función Pública sobre la coordinación de las policías locales.
La fiscalía y el sindicato español de Policías Municipales recurrieron la decisión del Ayuntamiento de Llubí de constituir una bolsa extraordinaria de aspirantes para cubrir plazas vacantes de la policía local con funcionarios interinos.
El tribunal señala que la amplitud de funciones reservadas a los funcionarios de carrera implicaría que una interpretación del artículo que lo establece como norma para prohibir el nombramiento de los funcionarios interinos restringiría su nombramiento para cualquier cuerpo o escala de la administración local. Una reforma de tanta importancia, dice el pleno, debería venir precedida de informes en la elaboración del anteproyecto de ley y un amplio debate parlamentario. «Debería plasmarse de una forma más clara y terminante que una escueta mención a los funcionarios de carrera» dice la sentencia.
El presidente de la Ciudad Autónoma, Eduardo de Castro, dijo ayer que el Gobierno local va a explorar esta vía para los agentes de movilidad.

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Redacción

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