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El Consejo de Estado ha emitido un dictamen sobre el Reglamento de Gobierno y de los servicios de la Administración de la Ciudad Autónoma de Ceuta. Y aunque este dictamen refuerza el estatus de Ceuta, al asegurar que tiene más de Autonomía que de Ayuntamiento, también hace un apunte respecto a un asunto que hace unos meses trajo mucha cola en Melilla: la figura del vicepresidente, que según el Consejo de Estado, debe ser una persona electa. De aplicarse esa misma teoría aquí, este dictamen daría la razón a Coalición por Melilla (CPM) cuando hace algo más de cuatro meses insistía en esa misma cuestión frente al posicionamiento del Gobierno melillense, que defendía la legalidad del nombramiento de Manuel Ángel Quevedo como vicepresidente aunque no fuera diputado de la Asamblea. El dictamen que el Consejo de Estado acaba de emitir respecto a Ceuta establece varias “observaciones” sobre la introducción de un régimen específico en caso de cese del presidente, la regulación de su gabinete, la de la figura del vicepresidente y la atribución a los consejeros de algunas competencias “que hasta ahora no se encontraban expresamente reconocidas”.
Entre otras cosas, advierte de que “no es posible que el presidente designe como vicepresidente a un consejero que no ostente la condición de diputado, posibilidad que debería quedar expresamente excluida en el reglamento proyectado”. “La sustitución del presidente tendría que tener un límite”, añade, “de modo que no ha de admitirse la posibilidad de que, por un encadenamiento de sustituciones, quien no tenga la condición de diputado pueda sustituir a aquel”.
También estima que “debería valorarse la posibilidad de introducir un límite máximo” de asesores del presidente y de “exigir la concurrencia en ellos de determinados requisitos que acrediten su cualificación e idoneidad”.
Estas conclusiones las extrae el Consejo de Estado en su dictamen sobre el proyecto de Reglamento de Gobierno y de los servicios de la Administración de la Ciudad Autónoma de Ceuta. A juicio del Consejo de Estado, la “organización” y “funcionamiento” de la Ciudad Autónoma de Ceuta no tiene que someterse a lo establecido en la legislación estatal de régimen local, “sino a lo previsto en su Estatuto de Autonomía y en sus normas de desarrollo”.
Diferentes sentencias judiciales habían cuestionado durante los últimos años esa capacidad de autoorganización con el argumento de que “desde el punto de vista jurisprudencial ninguna duda cabe respecto a la indubitada condición de entidad local de la Ciudad Autónoma” y de que “la existencia de un Estatuto de Autonomía promulgado por Ley Orgánica no es por sí solo un indicador de la existencia de un ente territorial autonómico”.
Satisfacción en Ceuta
Tras este dictamen del Consejo de Estado, que “no objeta, en líneas generales, la regulación proyectada” en el Reglamento de Gobierno y de los servicios de la Administración de la Ciudad Autónoma de Ceuta, el Ejecutivo caballa ha mostrado su satisfacción.
Así, la consejera de Economía, Hacienda y Administración Pública, Susana Román, dijo que el Gobierno de Ceuta, ha recibido este dictamen como “una de las mejores noticias de la legislatura” porque este posicionamiento supone un “salto cualitativo” para la Ciudad. Además, “marca un antes y un después” al certificar que “la potestad de autoorganización, reconocida estatutariamente y refrendada por la jurisprudencia constitucional, supone que las instituciones de la Ciudad deben regirse exclusivamente por lo dispuesto en su Estatuto y en las propias normas que la Asamblea apruebe”.
Román subrayó que este dictamen pone de manifiesto la superioridad jerárquica del Estatuto de Autonomía respecto a la Ley de Bases de Régimen Local y recordó que el texto de 1995 había sido cuestionado por determinadas decisiones judiciales referidas a la autoorganización, el nombramiento de consejeros o viceconsejeros no electos y el número de trabajadores eventuales al final de la legislatura anterior.
“Estamos realmente satisfechos con este dictamen porque el presidente ya tiene el respaldo del organismo con más solvencia en cuanto a la emisión de este tipo de informes y un dictamen de este volumen y de este calado es para nosotros de las mejores noticias”, subrayó la consejera.
Precisamente por ello, el Gobierno de Ceuta decidió elevar al Consejo de Estado este reglamento, cuyo informe es “absolutamente favorable” y determina que la jerarquía normativa por la que se debe regir el Gobierno de Ceuta debe comenzar en el Estatuto de Autonomía y solo sería de aplicación primera de la Ley de Bases cuando la cuestión no esté especificada o contemplada en el Estatuto.
El Ejecutivo ceutí avanzó que tendrá en cuenta las observaciones que hace el dictamen del Consejo de Estado sobre el reglamento se incluirán en el texto y se elevarán al Pleno de la Asamblea. Entre estas consideraciones se encuentra que se establezca el límite en el número de eventuales, así como la limitación en el caso de nombramientos de cargos no electos de que no pueden sustituir al presidente de la Ciudad en su ausencia.
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