La portavoz de Igualdad del GPP, María del Carmen Dueñas, ha apostado hoy por mejorar las condiciones de las embarazadas en su acceso a las oposiciones “para evitar que se produzcan situaciones injustas”. En este sentido, ha recordado alguna de las situaciones que lamentablemente se han producido, así la de “una mujer de Burgos excluida de participar en una oposición para una plaza de enfermería porque coincidía con la fecha que tenía previsto dar a luz, ella solicitó hacer el examen en casa o en el hospital y el tribunal de la oposición se negó”, o el caso de una mujer en Madrid que tuvo que “hacer su primer examen para una prueba para una plaza de enfermería pese a estar a punto de dar a luz”
Dueñas ha resaltado por su especial importancia el pronunciamiento emitido a favor de la opositora de Burgos de la Sala Tercera del Tribunal Supremo en Sentencia de 14 de Marzo de 2014 que resolvió Recurso de Casación 4371/2012.
Una Sentencia que la portavoz popular ha calificado como “pionera” en lo que al derecho al acceso a la función pública se refiere, y más en concreto con el acceso a la función pública de la mujer embarazada.
Dueñas ha destacado, como refleja la STS, que tanto el artículo 23.2 de la Constitución española, como la prohibición constitucional de discriminación por razón de sexo reconocida en su artículo 14, se proyectan sobre la maternidad, cuestión esta que además está expresamente tutelada por la Ley Orgánica 3/2007 para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, y por las previsiones recogidas en Estatuto Básico del Empleado Público.
Asimismo la portavoz popular ha recordado que, si bien, se han dado pasos en el ámbito de la Administración General del Estado, a través de instrumentos como el II Plan para la Igualdad entre Mujeres y Hombres en la Administración General del Estado y en sus Organismos Públicos; o más concretamente en el Real Decreto 702/2017, de 7 de julio, por el que se aprueba la oferta de empleo público para este año 2017, que recoge una previsión en el sentido que proponemos en la iniciativa, concretamente en su artículo 3.7, lo cierto es que, a su juicio, se requiere ir a mayor precisión, en la línea marcada por la STS, a fin de evitar situaciones tan indeseables como las reseñadas.
Tribunal Supremo
Por último la portavoz popular ha señalado que es imprescindible que se incluya por el Gobierno el contenido de la sentencia del Tribunal Supremo de fecha 14 de marzo del 2014, y que lo haga en la normativa de aplicación a tal efecto, a fin de que tribunales de oposición en el acceso a la función pública – en procedimientos de ingreso del personal de la Administración General del Estado y sus organismos autónomos, así como a la provisión de puestos de trabajo, la promoción interna y la carrera profesional de los funcionarios de la Administración General del Estado y sus Organismos autónomos- fijen las condiciones necesarias para hacer efectiva la igualdad en las condiciones de acceso a las pruebas para lograr una plaza pública, a las mujeres que estén próximas a dar a luz o parto.
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