Coalición por Melilla (CPM) ha asegurado que impugnará las elecciones del 28 de mayo a la Asamblea de la ciudad una vez finalizado el escrutinio general, que se ha llevado a cabo este viernes una vez realizado el recuento del voto emigrante.
A preguntas de los periodistas, Mohamed Bussian, abogado de CPM, ha justificado la postura del partido porque considera que la Junta Electoral de Zona (JEZ) “ha entrado a regular un aspecto que está vedado para cualquier órgano administrativo”.
CPM cree que el ejercicio del derecho al voto “es algo que solamente puede regular o modificar el legislador”, de ahí su intención de impugnar las elecciones a través de un recurso contencioso electoral.
Bussian se ha referido, de este modo, a la resolución que la JEZ estableció el 17 de mayo para que los votantes por correo tuvieran que identificarse también a la hora de emitir el voto en Correos y no solo a la hora de solicitar el ejercicio de este derecho mediante correspondencia y al recibir la documentación electoral.
CPM entiende que “se han modificado las condiciones concretas del ejercicio de voto por correo”, razón por la que va a impugnar las elecciones, aunque también se basará en “otras circunstancias que también se reflejarán en el recurso” y que ha preferido no adelantar porque “sería demasiado arriesgado”.
Asimismo, ha explicado que este recurso contencioso electoral debe ser presentado una vez que la Junta Electoral de Zona (JEZ) ha llevado a cabo la proclamación de electos tras el escrutinio general.
La resolución de la JEZ cuando aún quedaban varios días para emitir el voto por correo terminó con las largas colas de personas en la oficina de Correos de Melilla y dio lugar a que la Junta Electoral Central (JEC) ratificara la medida al día siguiente, extendiéndola también para el resto de las oficinas postales del país en las que se emitieran votos dirigidos a Melilla.
La JEZ justificó la medida porque preveía que el porcentaje podría alcanzar el 20 % del censo -que finalmente se superó-, cifras “insostenibles” y que “sin mayor esfuerzo intelectivo, hacen pensar que pudieran existir irregularidades” en el proceso, razón por la que finalmente la adoptó “para corregir dichas irregularidades antes de que sean irremediables”.
El presidente de la Junta Electoral de Zona (JEZ), Miguel Ángel García, ha informado de que, una vez celebrado el escrutinio general, cualquiera de las candidaturas que se han presentado a las elecciones puede presentar reclamaciones y protestas, para lo que tienen de plazo un día, que finalizaría a las 23.59 horas de sábado, y la JEZ debería resolver en otro plazo de un día, hasta las 23.59 horas del domingo.
Contra esa decisión de la JEZ cabe interponer un recurso administrativo ante la Junta Electoral Central (JEC), para lo que hay otro día de plazo y obligará a la JEZ a elaborar un informe en otro día de plazo.
A continuación, se remiten las actuaciones a la JEC, “previa audiencia del resto de candidaturas”, para lo que el plazo es de dos días. Una vez que la JEC resuelva, cabe interponer un recurso contencioso electoral con un plazo máximo más largo, de 15 días.
Independientemente de que la resolución de todos estos pasos acorte los plazos, una vez que algún partido presente la impugnación impedirá que la Asamblea se pueda constituir el 17 de junio -20 días después de las elecciones, como está previsto en la Ley-, sino el 7 de julio -a los 40 días de las elecciones-.
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