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Condenados a seis años y medio de cárcel por exaltar el terrorismo yihadista y adoctrinar a jóvenes en Melilla

La Audiencia Nacional ha condenados a dos hombres a la pena de seis años y seis meses de cárcel por haber desarrollado, entre 2015 y 2022, una “intensa labor” de exaltación del terrorismo yihadista y de sus autores a través de las redes sociales y de aplacaciones de mensajería y por haber adoctrinado a jóvenes de Melilla en reuniones presenciales, en algunas de las cuales participaron menores de edad.  Según la sentencia de la Sección Segunda de la Sala de lo Penal, los acusados Rachid A. y El Ourdani Z., de nacionalidad marroquí, actuaron como “vector de la ideología radical yihadista”, por lo que resultan condenados como autores de un delito adoctrinamiento terrorista para la incorporación a una organización o grupo terrorista o para colaborar con cualquiera de ellos o sus fines.

Los magistrados consideran probado que ambos, mediante el uso de las redes sociales, desarrollaron una intensa actividad a través de foros y páginas web como expresión de la radicalidad progresiva de sus creencias religiosas, a través de una visión ultraortodoxa del islam, que les llevó a asumir íntegramente los postulados del Estado Islámico.

Los acusados manifestaban su adhesión al ideario de aquella organización terrorista, retroalimentándose en tales postulados ideológicos de corte yihadista, hasta el punto de que a partir del 2020 y hasta la fecha de su detención, estas actividades, dice la resolución, se trasmutaron en un intenso proselitismo y en una llamada constante a terceros a abrazar los postulados de la Yihad y a combatir mediante la guerra santa contra todo aquello que fuera ajeno a la misma.

Para ello, colaboraron en la transmisión de tales postulados no solo a través de la publicación en las redes de multitud de contenidos con esa intención, sino también mediante reuniones físicas con terceros en la ciudad de Melilla, en las que se encontraban menores en algunas ocasiones, y en las que se impartía sus postulados del islam violentos e íntimamente ligados con la Yihad. Igualmente, continúa el texto, junto a esta actividad colaboracionista venían desarrollando una intensa labor de exaltación del terrorismo yihadista y sus autores, a los que consideraban unos héroes.

 

El acusado adoctrinó a su sobrino de 12 años

La Sala analiza las publicaciones en redes sociales y el contenido de los terminales incautados a los acusados. Entre ellos, los mensajes y conversaciones que El Ouardani mantuvo con su sobrino menor de edad, de 12 años, a quien, “prevaliéndose de su relación de parentesco y de su ascendencia sobre él, le venía formando en el ideario del salafismo radical propio de las organizaciones terroristas yihadistas”.

Le enviaba también, apunta el Tribunal, documentos para formarle en el ideario yihadista en los que se incitaba a llevar a cabo la yihad violenta.

Además, en uno de sus dispositivos se halló un archivo de vídeo que poseía este acusado titulado: “Excursión de Alumnos Dar Al-Qu ́ran, Masjjd Assalam-Melilla” en los pinares de Rostrogordo de Melilla en el que en el que se ve a numerosos menores en un parque acompañados de varios adultos perfectamente identificables, originarios de Melilla y casi todos ellos condenados por la Audiencia Nacional, como autores de delitos de terrorismo yihadista. Dicho vídeo, indica la sentencia, fue compartido en algunos de los grupos de WhatsApp en los que el acusado participaba.

Respecto del otro acusado, Rachid A., la Sala indica que utilizaba el contenido audiovisual para formar el ideario yihadista a jóvenes de Melilla, a alguno de los cuales llevó a vivir a su domicilio. Además, según relata, se reunía con jóvenes en sitios públicos de Melilla y les enseñaba artes marciales, a la vez que aprovechaba para formarles en las posturas salafistas. En algunos de esos encuentros, que fueron grabados por el acusado y por sus asistentes, se ve a los jóvenes gritando que son soldados de Alá y que desean la yihad desde la infancia.

La Audiencia condena a ambos acusados a 6 años y 6 meses de cárcel atendida la cantidad y calidad del material difundido y el medio utilizado, grupos en las redes sociales, lo que implica una mayor peligrosidad en su conducta por una mayor acción propagandística del mensaje, y una mayor difusión.

Considera, además, que en el presente caso la pena debe abarcar la totalidad de antijuricidad que ha conllevado la actividad desplegada por los acusados, que “no solo han difundido contenidos relevantes para adoctrinar en el yihadismo salafista incitando a hacer la Yihad, sino que muchos contenidos eran enaltecedores y verdaderas loas de crímenes y atentados cometidos por combatientes terroristas yihadistas, y de sus autores”.

 

 

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Condenados a seis años y medio de cárcel por exaltar el terrorismo yihadista y adoctrinar a jóvenes en Melilla

Redacción

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