Un hombre tendrá que cumplir una condena de cuatro años de prisión por ser el autor de un delito contra los derechos de los ciudadanos extranjeros. El procesado trató de cruzar la frontera de Beni Enzar con un menor de origen subsahariano oculto en su guantera. El chico necesitó asistencia sanitaria al ser rescatado del vehículo. Un individuo ha sido condenado a cumplir una pena de cuatro años de prisión por ser el autor criminalmente responsable de un delito contra los derechos de los ciudadanos extranjeros.
En la vista, que ha tenido lugar esta semana en la sala de la Audiencia Provincia nº 7 de Melilla, el procesado reconoció que el pasado 25 de agosto atravesó la frontera de Beni Enzar con un menor oculto en la guantera del vehículo que conducía.
Agotamiento y ansiedad
El chico de origen subsahariano fue encontrado por los agentes de la Guardia Civil en el habitáculo del coche con síntomas de agotamiento y ansiedad, por lo que tuvo que ser inmediatamente trasladado al centro sanitario.
Aunque el procesado fue detenido ese mismo día junto a una mujer que viajaba de copiloto en el mismo vehículo, fue el único acusado que se presentó a la vista.
El hombre llegó a una conformidad con el Ministerio Fiscal para que se le redujera la pena solicitada de siete a cuatro años, para lo que tuvo que admitir ser el autor de los hechos que se le imputaban.
Apartado I del art. 318
Es el apartado primero del artículo 318 del Código Penal el que recoge que se debe condenar a quienes, de forma directa o indirecta, promuevan, favorezcan o faciliten el tráfico ilegal o la inmigración clandestina de personas «desde, en tránsito o con destino a España».
Según establece, los culpables serán castigados con penas que pueden ser de cuatro a ocho años de prisión.
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