Imagen de una cama de hospital en un entorno clínico.
El tribunal considera probado que existieron omisiones relevantes como la falta de pruebas diagnósticas, la ausencia de derivación hospitalaria y un alta que la resolución judicial califica de improcedente
El Juzgado de Primera Instancia nº17 de Madrid ha condenado a una aseguradora sanitaria a indemnizar con 84.442 euros a los cuatro hijos de una paciente fallecida tras una presunta negligencia médica en una clínica privada de Melilla integrada en el cuadro médico de la compañía. Según ha informado la Asociación “El Defensor del Paciente”, a través del abogado Damián Vázquez Jiménez, especialista en derecho sanitario y colaborador de los servicios jurídicos que ha llevado este caso, la paciente, de 73 años acudió el 28 de diciembre de 2019 a urgencias de la clínica con fiebre alta, vómitos y un estado general deteriorado.
La mujer fue atendida durante unos minutos y recibió el alta con un diagnóstico de síndrome emético, siendo enviada a su domicilio con tratamiento sintomático, sin que, según la sentencia, se le realizaran pruebas complementarias pese a presentar signos clínicos de gravedad.
Horas después, la paciente empeoró y fue trasladada de urgencia al Hospital Comarcal de Melilla, donde ingresó inconsciente y falleció posteriormente por parada cardiorrespiratoria secundaria a obstrucción intestinal con fracaso multiorgánico.
El tribunal considera probado que existieron omisiones relevantes en la asistencia prestada en el centro privado, como la falta de pruebas diagnósticas, la ausencia de derivación hospitalaria y un alta que la resolución judicial califica de improcedente.
La sentencia también rechaza los argumentos de la aseguradora que alegaba que la clínica era un centro independiente, recordando la doctrina del Tribunal Supremo que atribuye responsabilidad a la aseguradora cuando el centro forma parte de su cuadro médico.
El fallo condena a la compañía a abonar 84.442 euros en total —21.110 euros para cada uno de los cuatro hijos— más intereses legales desde la presentación de la demanda.
Desde la Asociación “El Defensor del Paciente”, su presidenta, Carmen Flores, ha subrayado que la resolución judicial refuerza la responsabilidad de las aseguradoras en la calidad de la asistencia sanitaria prestada dentro de sus cuadros médicos y el derecho de los pacientes a una atención diligente y segura.
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