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De las más de 600 solicitudes entregadas para las ayudas al alquiler de vivienda que da Emvismesa, sólo se han concedido, inicialmente, menos de 350, según publicó ayer el BOME. Otras 74 están en lista de espera y más de 200 han sido denegadas, por falta de documentación, superar los ingresos o tener multas pendientes. A la orden cabe recurso, el plazo de alegaciones es de un mes, y algunas de los problemas pueden subsanarse, por lo que el número final de beneficiarios se incrementará, previsiblemente. El BOME publicó ayer la lista provisional de beneficiarios de las ayudas de hasta 300 euros para el alquiler de vivienda que da Emvismesa referentes al primer semestre. Según se extrae del Boletín Oficial de Melilla, han sido concedidas 302 ayudas del cupo general y otras 16 dentro del cupo especial para jóvenes (la cuantía máxima de la ayuda es de 200 euros para este grupo). Otras 17 están dentro de otra lista por no llevar seis meses de alquiler, pero también contarán con ayuda. Así, son menos de 350 las subvenciones concedidas inicialmente. Otras 74 solicitudes están en lista de espera, por superar los ingresos permitidos. Que estos solicitantes puedan cobrar las ayudas o no dependerá del presupuesto que sobre, que para el primer semestre es de 500.000 euros, como recordó Javier Lence. El presidente de Emvismesa cree que el número final de beneficiarios se incrementará, ya que muchos de los problemas por los que han sido denegadas 230 ayudas pueden subsanarse. Entre estos motivos están la falta de documentación o tener multas pendientes por abonar. Otros que no son subsanables están relacionados con la falta de cédula de habitabilidad en la vivienda o tener más de un vehículo en propiedad. El semestre anterior se concedieron 514 ayudas.
Publicada ayer la lista provisional, existe un mes de plazo para presentar alegaciones. Pasado este tiempo y publicada la lista definitiva, el presidente de Emvismesa aseguró que la segunda convocatoria, correspondiente al segundo semestre, se publicará en el BOME a los quince días después.
Para tener derecho a la subvención al alquiler privado, entre otros requisitos que deben reunirse, la unidad familiar del solicitante no deberá tener, en el semestre anterior al subvencionado, una Renta Familiar Ponderada superior a 900 euros al mes, aunque hay un cupo específico para unidades familiares cuya renta esté comprendida entre los 900 y los 1.200 euros mensuales. Los solicitantes incluidos en este cupo tendrán derecho a la subvención siempre y cuando exista crédito sobrante del destinado al cupo general de solicitantes con ingresos hasta 900 y al cupo específico de jóvenes.
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