Podrán solicitarla las Asociaciones que carezcan de ánimo de lucro, con domicilio fiscal en Melilla, las que hayan sido constituidas antes del 01 de enero de 2020 y que hayan mantenido su actividad como mínimo hasta el 31 de diciembre de 2020, las que tengan, como objeto social el fomento de la cultura en cualquiera de sus manifestaciones o la práctica de actividades relacionadas con la música, teatro, danza, cinematografía, literatura, pintura, escultura, fotografía etc., así como impartir conferencias, charlas o cursos sobre cualquier aspecto relacionado con la cultura o el fomento, la conservación o enriquecimiento del patrimonio histórico, artístico, monumental, arquitectónico, arqueológico, paleontológico y etnológico.
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