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Acusados vendedores ambulantes por supuestamente intentar vender unos 3.000 productos falsos de Loewe y Vuitton

Tres varones han sido acusados de un presunto delito contra la propiedad industrial tras ser sorprendidos en un garaje de El Real descargando unos 3.000 accesorios falsificados de diversas marcas entre ellas Loewe y Louis Vuitton, motivo por el que la empresa se personó como acusación particular y solicita un año de prisión para cada uno de los acusados. Por su parte, la Fiscalía, en su escrito de conclusiones, pide el sobreseimiento de uno de los detenidos en el día que fueron sorprendidos y del arrendador del garaje, toda vez que solicita como pena la transformación de delito contra la propiedad industrial a falta para el segundo detenido. Fue en 2010 cuando dos de los tres acusados -un varón dedicado a la carga y descarga que ayudaba a diversos vendedores ambulantes del Polígono SEPES y otro dedicado a la venta en dicha zona-, se encontraban cargando y descargando mercancía en un garaje de El Real cuando fueron vistos por la policía.

Ambos fueron detenidos por un presunto delito contra la propiedad industrial, y es que los agentes se encontraron unos 3.000 accesorios falsos de varias marcas. Tras la investigación, acusaron al tercero de ellos, quien subarrendó el garaje a uno de los detenidos.

La letrada de la defensa del varón que trabajaba en la carga y descarga en el mercadillo del Polígono SEPE aseguró que éste desconocía el contenido de la mercancía, y que se dedicaba a ello por 2 o 3 euros con diversos vendedores ambulantes de la zona. Así, conocía a los otros dos acusados de hacer trabajos similares al del día de la detención. Además, indicó que su detención en anteriores ocasiones tal y como sostuvo la acusación particular, no supone que esté implicado en el presunto delito, ya que salió sin cargos y no tiene antecedentes.

Ningún indicio de delito
Por su parte, la defensa del arrendador del garaje aseguró que no existía indicio alguno de delito, y es que no hay prueba alguna de relación contractual económica entre ambos, más allá del alquiler del garaje. La defensa del segundo detenido, el vendedor ambulante, criticó que no existiese una orden de registro del garaje y es que fue cuando ya estaba conduciendo hacia otro lugar cuando pararon la furgoneta y los detuvieron.

En este sentido, aseguró que no existe delito contra la propiedad industrial en sí y es que la gente que compra ese tipo de productos sabe que son falsificados ya que no están en el establecimiento oficial, ni son comprados en la web.

Asimismo, al igual que la fiscalía, no comprende la responsabilidad civil solicitada de 200 euros de media por producto que solicita la acusación, y es que la legislación apunta que será, no a raíz del valor medio del producto en el mercado -que tampoco, según la fiscal-, sino del beneficio que trae al vendedor, por el que se calcula la misma. Motivo por el que además la fiscalía pide que se transforme en falta contra la propiedad industrial dado que el beneficio no supera los 400 euros. Cabe señalar, que si bien las faltas fueron eliminadas a raíz de la reforma del Código Penal, en el caso de que los hechos ocurridos sean previos a la reforma se aplica la pena más favorable al acusado.

Conexión entre los tres
Por su parte, la acusación particular en representación de dos de las marcas asegura que tras la declaración de los propios acusados y los policías se acredita una conexión organizada entre los tres, además que dos de ellos reconocen dedicarse a la venta ambulante.

En este sentido, aseguran que si bien no llegaron a vender los productos, si que existía la intención de hacerlo, dado que estaban preparados para la venta. Además, defendió la existencia de lucro, dado que se aprovechan del prestigio de la marca y la perjudica. Y es que según el letrado los clientes ya no harían dicho esfuerzo económico para adquirir el producto. Por todo ello, además de la responsabilidad civil, solicita un año de prisión para cada uno de los acusados.

Mala fe en la acusación
Dos de los letrados de la defensa solicitaron que las costas del procedimiento fueran asumidos por la acusación particular, y es que aseguran que mantener la acusación sobre dos de sus patrocinados -el mozo que cargaba mercancías y el arrendatario- no se sostenía bajo ninguna de las pruebas, incluso reprocharon a la acusación de "mala fe" y de realizar acusaciones por "suposiciones y no pruebas".

'Bronca' a los policías por no leerse el atestado
"¿Se ratifica usted en el atestado?", es normalmente la primera pregunta que el Ministerio Público o cualquiera de las partes, realizan a algún miembro de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado (FyCSE) que haya intervenido en los hechos que se enjuician. Posteriormente, las partes interrogan al agente para poder esclarecer los hechos que acontecen. Si el juicio es celebrado con no excesiva prolongación en el tiempo desde que suceden los hechos, es fácil acordarse.

Pero cuando los hechos ocurren como en este caso hace seis años, es responsabilidad de los agentes consultar el atestado para poder recordar con mayor precisión los hechos, una cuestión que aquejaron los abogados de la defensa en la lectura de las conclusiones. Y es que tras diversas preguntas a los diferentes agentes, algunos no recordaban absolutamente nada, otros recordaban partes y otros recordaban hechos importantes, pero que no aparecían en el atestado.

Nerea de Tena Alvarez

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Acusados vendedores ambulantes por supuestamente intentar vender unos 3.000 productos falsos de Loewe y Vuitton

Nerea de Tena Alvarez

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