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Un militar ha sido absuelto de un delito contra la seguridad vial tras conducir sin carné de conducir, debido a que estaba en posesión de un permiso de conducción militar. Si bien finalmente ha sido retirada la acusación, dicho tipo de sucesos puede ser penado como una infracción administrativa.
La magistrada del Juzgado número 1 de lo Penal emitió sentencia firme sobre la absolución de un delito contra la seguridad vial a un militar, tras comprobar que si bien no estaba en posesión del permiso de conducir, si que había obtenido la licencia de conducir militar.
Cabe señalar que el varón había sido acusado por conducir un vehículo civil sin licencia de conducir, aunque la defensa apunta a que era la mujer la que llevaba el vehículo. Sin embargo, el militar estaba en posesión de un permiso de conducir militar, con el que la jurisprudencia avala que acredita unos mínimos conocimientos de conducción. Sin embargo, el hecho de que no sea tipificado como delito penal, si que cuenta como una infracción administrativa.
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