El MEC subraya la importancia de elegir el centro solicitado como primera opción para la admisión escolar en la ciudad
La Dirección Provincial del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes (MEFPyD) de Melilla ha informado de que este viernes 12 de abril ha arrancado el Proceso Ordinario de admisión de alumnos para el curso 2024/25. Tal y como ha informado el director provincial, Juan Ángel Berbel, el plazo de presentación de solicitudes estará abierto hasta el 2 de mayo y los destinatarios son los alumnos que se incorporan por primera vez al sistema educativo -nacidos en 2021-, que eligen un centro de Secundaria distinto al asignado en el proceso de adscripción o que desean cambiar de centro para cursar la misma u otra enseñanza. Para la acreditación del cumplimiento de los requisitos de escolarización se necesita el DNI, pasaporte o NIE del alumno.
Juan Ángel Berbel ha recordado que la presentación del DNI, pasaporte o NIE del alumno es obligatorio a partir de los 14 años.
Entre los requisitos, también están los documentos de identidad de los progenitores/tutores por las dos caras; el libro de familia que muestre todos los miembros de la unidad familiar; y el certificado de empadronamiento colectivo familiar completo (obligatorio en caso de tener DNI/NIE), certificado de residencia emitido por los Servicios Sociales o residencia acreditada por otros medios de prueba admitidos en Derecho.
Baremación
A efectos de baremación los interesados podrán aportar la documentación justificativa de la renta, el certificado de trabajo en el centro escolar, el certificado de discapacidad, documentación acreditativa de violencia de género, por víctima de terrorismo, del traslado de la unidad familiar debido a movilidad forzosa, certificado de familia numerosa, documentación que acredite familia monoparental, certificado de situación de acogimiento familiar, certificado de parto múltiple, certificado de la condición de deportista de alto nivel.
Desde la Dirección Provincial señalan que es importante tener en cuenta a la hora de solicitar plaza escolar la decisión sobre el centro solicitado como primera opción dado que el baremo que este realice será el que se utilice para segundas y posteriores opciones.
En el caso del alumnado que acceda al primer curso de Bachillerato, en el supuesto de que la demanda sea superior al número total de vacantes, la adjudicación de las mismas para quienes no hubieran obtenido vacante en la primera fase del procedimiento ordinario, se producirá incrementando el número de vacantes inicial.
Solicitud electrónica o en papel
La tramitación de las solicitudes, en tanto se pone el punto de apoyo al ciudadano en UPE-Formación, en Barrio Victoria (c/Paseo de Ronda) para la tramitación electrónica de las solicitudes, se podrá presentar en papel en los propios centros educativos donde se solicite plaza.
En aplicación del artículo 28.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se consultará por medios electrónicos la información proporcionada en la presente solicitud sobre los apartados de renta, discapacidad física, psíquica o sensorial de alguno de los miembros de la unidad familiar, excepto si expresamente se opone a la consulta.
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