El 1 de octubre de 2015 el acusado, un hombre de origen bereber, se disponía a cruzar en su coche el puesto fronterizo de Beni Enzar en compañía de una mujer.
Cuando los agentes de Policía Nacional responsables del filtro documental se dispusieron a comprobar los datos de los dos ocupantes del coche, se percataron de que sobre el hombre pesaba, desde 2012, una orden de prohibición de aproximación y comunicación impuesta por el juzgado de Figueras (Gerona) a raíz de una condena por violencia doméstica, y que la mujer que lo acompañaba era precisamente la persona a la que el acusado tenía prohibido aproximarse.
Los agentes, en ese momento, procedieron a detener al hombre acusado de un delito de quebrantamiento de condena (por el que ya cuenta con un antecedente penal computable a efectos de reincidencia).
El acusado reconoció los hechos y así consiguió que el Ministerio Fiscal rebajara sus pretensiones iniciales (1 año de prisión) a la petición de pena final de 6 meses de prisión.
La suspensión de la ejecución de la pena, solicitada por el letrado de la defensa, quedó en el aire y será resuelta por el juez en la sentencia.
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